Por 41 votos a favor, la Sala del Senado aprobó este miércoles el proyecto impulsado por el Gobierno que busca resguardar y asegurar el pago de las pensiones alimenticias con el retiro del 10% de los fondos de pensiones.
Con esto, la iniciativa terminó su tramitación legislativa y quedó lista para ser promulgada y convertirse en ley, ya que antes había sido aprobada por la Cámara de Diputados y por la comisión de Constitución de la Corporación.
La nueva normativa -que modifica la Ley 19.968 sobre los Tribunales de Familia- incluye entre sus puntos la retención de los montos solicitados por parte de las AFP para aquellos cotizantes que registren deudas alimenticias, en base a los requerimiento realizados por las demandantes o bien por decisión de un juez.
Una vez efectuada la retención, el tribunal deberá resolver en un plazo máximo de 48 horas, notificando a cada una de las administradoras de fondos en caso de que no se sepa a cuál está afiliada el deudor.
Si la retención es notificada a la AFP después de haber cancelado la primera cuota, la medida tendrá efecto en la segunda cuota.
En tanto, el cotizante podrá solicitar que la retención de fondos sea limitada al monto necesario para responder por la deuda de alimentos.
Por último, los juzgados deberán remitir periódicamente a las AFP una nómina de los deudores de pensiones alimenticias, a fin de mantener una actualización sobre esta lista.(Emol)