Julián López, abogado de los controladores del Grupo Penta, le restó dramatismo al impacto que supone la crisis de sus clientes para las empresas operativas del holding financiero controlado por Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín.
Según expuso el pasado jueves, luego de que la Fiscalía los acusara de soborno y delito tributario, las boletas falsas sobre las cuales el organismo acusador presume la existencia de delitos se remiten a cuatro sociedades de inversión de ambos ejecutivos, precisión que, si bien busca eximir de ruido a las compañías del grupo, no despejó dudas sobre la situación del Banco Penta y la permanencia de los empresarios en la propiedad.
Al día siguiente de los dichos de López, los inversionistas comenzaron a desprenderse de instrumentos financieros emitidos por el holding, tanto bonos como depósitos a plazo, con alzas de tasas que eventualmente podrían complicar el costo de financiamiento del banco –ya el 58% de la captación de recursos de mercado proviene de depósitos–, mientras la interrogante por cambios en la propiedad del mismo aumenta.
Esto, porque la Ley General de Bancos establece que los accionistas fundadores de una institución bancaria no pueden ser acusados ni formalizados; sin embargo, este marco jurídico no precisa si acaso esta exigencia es permanente o no, ambigüedad que ya genera discusiones en la industria bancaria y sobre la cual debiera pronunciarse la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (Sbif), que lidera Eric Parrado.
Como publicó El Mostrador, la crisis del grupo ya ha sido motivo de análisis en el Consejo de Estabilidad Financiera (que integran el Ministerio de Hacienda, el Banco Central y las superintendencias financieras), está siendo monitoreada por el regulador de bancos e incluso por la Bolsa de Comercio de Santiago, en momentos en que el mercado ya está actuando.
LA EXPOSICION DE LAS AFP
El futuro de banco no es trivial. Como cualquier banco, Penta capta depósitos y hay inversionistas que compraron sus bonos. En ambos casos, hay cuantiosos recursos invertidos por las AFP.
De hecho, al cierre de noviembre de 2014, las gestoras de los ahorros previsionales de los trabajadores chilenos tenían inversiones en depósitos a plazo y bonos de Banco Penta por $ 70.467 millones (unos US$ 115,5 millones), según los registros de la Superintendencia de Pensiones.
Aún más, el último registro por AFP –que data de agosto de 2014– indica que las AFP a esa fecha tenían sólo $ 28.063 millones en estos instrumentos de Penta. Es decir, entre septiembre y finales de noviembre –el período en que se conocen los detalles de los ilícitos tributarios investigados por el fiscal Carlos Gajardo– las AFP más que duplicaron su apuesta al banco de Délano y Lavín.
Las compañías de seguro, en tanto, también han apostado por Penta, aunque en menor medida. A septiembre de 2014 –el último registro en la SVS–, aseguradoras de vida tenían invertidos más de $ 6.400 millones en bonos y depósitos del banco de Délano y Lavín.
Según reveló el viernes pasado El Mostrador Mercados, los bonos de Banco Penta vieron un incremento en sus tasas (rendimiento), alcanzando un alza de hasta 34 puntos base en algunos de estos papeles, con volúmenes de transacciones que oscilaron en los US$ 3 millones, en circunstancias de que en promedio no superan los US$ 500 mil por día.
Los inversionistas están tomando resguardos, fue la lectura obvia que hicieron los operadores, considerando además que desde la clasificadora de riesgo ICR redujeron su perspectiva desde “estable” a “en observación”, a la espera de conocer la evolución de los acontecimientos en torno al escándalo.
Y también subieron las tasas de los depósitos a plazo del banco, un asunto de vital importancia para la entidad, considerando que el financiamiento de sus operaciones proviene en un 58% de estos instrumentos.
En los últimos remates de la jornada del viernes hubo numerosos negocios sobre depósitos nominales a 200 y 230 días, transándose en hasta un 0,36%, lo que significó un aumento de entre 1 y 2 puntos base, ajustados a 30 días. Es decir, tomando en consideración un horizonte de 365 días, los depósitos subieron entre 12 pb y 24 pb.
Papeles comparables, como por ejemplo los de Banco Internacional, se cotizan en el mercado a una tasa de 0,32%, mientras que la de bancos más grandes lo hace en torno a 0,28%, lo que explica el riesgo que está viendo el mercado en estos instrumentos.
Si bien los depósitos “más largos” (de más plazo) no mostraron muchas transacciones –como tampoco lo hicieron los papeles en UF– los títulos “más cortos” también vieron un impacto en sus tasas.
Los depósitos a 47 días se transaron el viernes a un 0,34%, mientras el jueves su tasa se cotizaba en 0,31%. El volumen transado fue cercano a los $4 mil millones, poco más de lo que se venía transando en los días anteriores.
Por ahora, sacar lecturas respecto del encarecimiento del banco para financiar sus operaciones no es posible, ya que los depósitos en cuestión no fueron transacciones de primera emisión. Pero sí evidencia el ánimo del mercado frente a estos instrumentos.
“La preocupación de los inversionistas es que la crisis de los controladores se traspase al banco. Probablemente por eso salieron a vender papeles a una tasa más alta, y dado que no quieren estar con esta posición, venden con premios mayores a terceros inversionistas”, explicó un operador.
EL “RELATIVO” ART. 28 DE LA LEY GENERAL DE BANCOS
“Ese (la posible salida de la propiedad del banco) no es un tema en este momento. La razón por la cual estamos en este minuto es para explicar cuáles son los alcances correctos de la solicitud de formalización”, dijo Julián López, tras ser consultado la semana pasada por El Mostrador respecto del impacto que supone para la propiedad del banco la crisis de sus controladores.
Esto, ante una interrogante que en el espectro bancario crece con fuerza: la Ley General de Bancos establece que los accionistas fundadores de una entidad no pueden haber sido acusados o formalizados por la justicia, menos por delitos tributarios.
Sin embargo, ¿es un requisito permanente o sólo para solicitar una licencia bancaria?
Para algunos juristas, una interpretación “armónica” de la ley obligaría a la Sbif a considerar el artículo 28 de la LGB –el cual hace mención a este punto– como una exigencia continua para la industria financiera, sobre todo por los últimos cambios que se le hicieron a este marco jurídico con la creación del Consejo de Estabilidad Financiera –ley promulgada en octubre pasado–, donde el concepto de “continuo” se introdujo en varias de las exigencias que deben cumplir las compañías financieras, aunque sólo se hizo en forma explícita para los requisitos patrimoniales, que Délano y Lavín cumplen holgadamente.
En diciembre de 2013, el ministro de Hacienda de la época, Felipe Larraín, ingresó la iniciativa en Valparaíso, pero el proyecto avanzó poco y se congeló en marzo por la reforma tributaria.
El gobierno de Bachelet lo aceleró recién el 9 de septiembre de 2014, con discusión inmediata. En menos de tres semanas el proyecto era aprobado y un mes después estaba listo para ser promulgado. Todo esto, pese a que ya a fines de agosto Délano y Lavín habían sido denunciados por el SII por posible evasión tributaria. Sin embargo, ninguna superintendencia, como tampoco Hacienda –ni menos los parlamentarios–, alertaron del escenario legal que venía.
La semana pasada el diputado socialista Fidel Espinoza, que preside la comisión investigadora del Caso Penta, señaló que citarán a Parrado para que explique qué pasará con los dueños de Penta, cuestionando el hecho de que la ley –aprobada por el propio Parlamento hace dos meses– no hace exigible en forma permanente a los dueños de bancos, que no sean formalizados por simple delito, en particular tributario.
LA ENCRUCIJADA DE PARRADO Y EL CASO SAIEH
Para algunos expertos, que mayoritariamente guardan reserva de su nombre, la Sbif se encuentra en una encrucijada. El regulador bancario vela por la estabilidad del sistema bancario, y la ley no le faculta exigir cambios en la propiedad de compañías financieras. Con estos elementos, algunos actores del mercado estiman que el regulador no consideraría como un requisito “continuo” el que los controladores de un banco no se hallen formalizados por la justicia, pese al daño que supone para la confianza del sistema.
Por esto, abogados entendidos en esta materia afirman que la Sbif tiene dos alternativas. Por un lado, acogerse al artículo 24 de la LGB y designar a n inspector delegado o administrador provisional en la compañía, esto, con el objetivo de dar señales de confianza en el mercado y evitar corridas de inversionistas institucionales, como las vistas en la reciente crisis de CorpBanca que terminó forzando a Álvaro Saieh a ceder el control a Itaú. Otra alternativa sería asumir una posición de “puente”, con el fin de facilitar negociaciones por la propiedad de Banco Penta y promover un cambio de control.
Un ex superintendente de bancos reconoce que la ley es restrictiva y hace difícil que Parrado imponga la salida a Délano y Lavín. Sin embargo, al mismo tiempo advierte que el superintendente es responsable de asegurar la estabilidad financiera de un banco que tiene impacto sistémico y, por ende, no descarta que pueda realizar alguna gestión ante los empresarios.
“El delito tributario en parte apunta a señales claras de que la persona puede no ser íntegra en el mercado, dado que la fe pública está en cuestionamiento. En el mundo regulador bancario este es el tipo de cosas que tiene que importar, es un escenario mucho más factible –de pedir a los dueños que dejen la propiedad– que cuando se hablaba de Saieh, donde se trataba de interpretación de la ley. Esta es de las cosas más importantes en que el regulador debe velar para que los dueños del banco den la confianza necesaria al mercado”, apunta.
Un experto legal del sector bancario refuta duramente la opinión del antiguo titular de la Sbif. “Uno podría tener la misma desconfianza hacia Saieh. Puso en riesgo la estabilidad del banco (CorpBanca) con el traspaso de platas a empresas relacionadas mientras que en este caso (Penta), los controladores tuvieron delito tributario, pero lo hicieron con plata de ellos”, señala, para argumentar que si la Sbif no cuestionó la permanencia de Saieh en CorpBanca no debe hacerlo con Délano y Lavín en Penta.
Por otra parte, opinión similar a la del ex Sbif tiene el abogado de un conocido banco, quien advierte que si bien la ley sectorial no se aplica en forma extensiva sino restrictiva (y, por ende, al pie de la letra la ley no obliga al cambio de accionistas), los dueños de Penta debieran dejar la propiedad.
“Si lo analizo desde la perspectiva de la razonabilidad de la ley de Bancos, o sea, de lo que persigue la norma de poder mantener el sistema financiero sano –para lo que le da amplias atribuciones a la Sbif– evidentemente parece súper poco prudente que deban seguir como accionistas estos señores. Es una debilidad de la ley”, afirma.
Y en ello –continúa el experto–, Parrado podría realizar gestiones informales. “Evidente que la Sbif tiene mucha fuerza en el sistema como para, de manera informal, recomendarle que se hagan a un lado. Porque es obvio que esa circunstancia (formalización por delitos tributarios) podría poner en situación de riesgo al banco, hacerle perder la confianza del público y si eso ocurre puede llevar a situación compleja”, señala.
Pero no todos creen que corresponda la intervención. El socio de Carey y quien fuera fiscal de Citibank por 12 años, Diego Peralta, cree no hay ninguna duda de que la Sbif no tiene atribuciones para provocar el cambio en la propiedad de Banco Penta.
“No creo que un superintendente deba o pueda sugerirle a nadie que venda sus bienes, en este caso el banco o no. Porque hacer eso es abrir una puerta o una caja de pandora que no tienes cómo controlar. Sería complicado que el superintendente inste a alguien a dejar el banco por algo que hizo el dueño. La tolerancia social de una cuestión no tiene nada que ver con la legalidad de una medida”, afirma.
Peralta indica que si hace menos de dos meses el Parlamento no consideró hacer permanente la exigencia de no ser formalizados, no es razonable que el titular de la Sbif tome caminos subjetivos.
“Sería complicado entregar facultades discrecionales sobre esas materias subjetivas. El superintendente (el actual u otro en el futuro) puede no ser tan atinado y ejercerlo de cualquier manera. La industria debe llevarse por normas claras y precisas. La confianza de los bancos se mide por la calidad de las inversiones, la calidad de sus activos y pasivos y no necesariamente por la buena o mala conducta de sus accionistas”, señala. (El Mostrador)