El miércoles 8 de marzo comienza el primer periodo de propaganda electoral de cara a las votaciones para elegir a los integrantes del Consejo Constitucional.
Y el Servicio Electoral estableció los límites de gasto electoral que se podrán realizar por cada una de las circunscripciones: el Artículo 58 bis Transitorio de la Constitución Política sobre el Proceso de Elección de Consejo Constitucional 2023.
Allí se señala que, «el límite de gasto para las candidaturas integrante del Consejo Constitucional, incluidos los candidatos de pueblos indígenas, será un tercio del total del límite del gasto electoral, que el inciso segundo del artículo 4 de la Ley N° 19.884 establece para las candidaturas a senador».
La ley dice que «tratándose de candidaturas a senador, el límite de gasto no podrá exceder de la suma de mil quinientas unidades de fomento, más aquélla que resulte de multiplicar por dos centésimos de unidad de fomento los primeros doscientos mil electores, por quince milésimos de unidad de fomento los siguientes doscientos mil electores y por un centésimo de unidad de fomento los restantes electores en la respectiva circunscripción».
Al igual que en elecciones anteriores, y con el objetivo de procurar la transparencia y probidad del proceso, se fijaron los montos máximos que cada candidato debe tener para esta campaña, las que además se diferencian dependiendo de la Circunscripción en la que estarán compitiendo los candidatos a la Comisión Constitucional y cuya elección se realizará el 7 de mayo. (Emol)
Límite de aportes privados para elecciones del Consejo Constitucional
Los límites de Máximo de Aportes por Persona ($11.101.608) y Máximo de Aporte Menor sin Publicidad ($704.864) son los mismos para todas las zonas
Circunscripción Nacional Indígena 196.636.967 49.159.241
Circ. 2: Tarapacá 75.029.189 18.757.297
Circ. 3: Antofagasta 109.379.503 27.344.875
Circ. 4: Atacama 71.935.189 17.983.797
Circ. 5: Coquimbo 128.007.296 32.001.824
Circ. 6: Valparaíso 245.156.045 61.289.101
Circ. 7: Metropolitana 743.317.385 185.829.346
Circ. 8: O’Higgins 145.882.295 36.470.573
Circ. 9: Maule 159.152.417 39.788.104
Circ. 16: Ñuble 103.993.402 25.998.350
Circ. 10: Biobío 210.775.599 52.693.899
Circ. 11: La Araucanía 158.773.435 39.693.358
Circ. 12: Los Ríos 92.699.954 23.174.988
Circ. 13: Los Lagos 141.876.200 35.469.050
Circ. 14: Aysén 40.620.607 10.155.151
Circ. 15: Magallanes 54.646.696 13.661.674
Fuente: Servel