RN reitera rechazo a dichos de Cordero y lamenta cambio de «mayorías...

RN reitera rechazo a dichos de Cordero y lamenta cambio de «mayorías democráticas»

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La bancada de diputados de Renovación Nacional cuestionó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago de acoger la solicitud de desafuero de la diputada María Luisa Cordero (IND-RN), por sus dichos sobre la senadora Fabiola Campillai.

Fue en marzo cuando la diputada aseguró que Campillai «se descubrió que ve» y que «no es totalmente ciega», palabras que generaron repudio generalizado en el mundo político, y por las que la senadora determinó pedir el desafuero de Cordero para presentar una querella por injurias en su contra.

Y este jueves, el tribunal de alzada aceptó el requerimiento de Campillai, el que deberá ser resuelto por la Corte Suprema.

Al respecto, el jefe de bancada de RN, Frank Sauerbaum, aclaró que la diputada va a apelar en el máximo tribunal y que en tanto podrá continuar con sus labores en el Congreso.

«La doctora Cordero ha sido desaforada por la Corte de Apelaciones de Santiago, y aún queda la instancia de la Corte Suprema en donde ella va a apelar. Mientras el fallo no esté firme y ejecutoriado, ella podrá seguir ejerciendo su cargo de parlamentaria en nuestra bancada«, sostuvo el legislador.

En ese sentido, puntualizó que «si bien nosotros no compartimos los dichos de la doctora Cordero en contra de la senadora Campillai, también tenemos claro que sus dichos no dan para poder llevar adelante un desafuero alterando las mayorías democráticas y también las votaciones internas del Congreso».

Cuando Campillai ingresó la solicitud de desafuero el pasado 27 de abril, su abogada sostuvo que las expresiones vertidas por la diputada Cordero «están marcadas por un ánimo de deshonrar, menospreciar y otorgar falsos antecedentes».

Por su parte, la senadora dijo que «fue un ataque muy violento, discriminatorio y revictimizador no solo para mí, sino que también para mi familia».

De ser declarada culpable, la diputada Cordero se expone a una reclusión menor en su grado medio y una multa de hasta veinte unidades tributarias mensuales ($ 1.265.260). (Emol)