El proceso incluye la imputación de varios delitos, entre ellos secuestro (en carácter de reiterado) y extorsión. La gravedad de estos delitos —en base a la sanción que conllevan— permite la solicitud de una medida cautelar de prisión preventiva. Lamentablemente, en este caso, la justificación de las cautelares estuvo mal fundamentada, lo que fue clave para que el Tribunal de Garantía de Los Vilos revocara la prisión preventiva de los imputados. Sin embargo, la normativa procesal permite al Ministerio Público apelar verbalmente, lo que habría permitido mantener la prisión preventiva hasta una resolución de la corte.
Aunque el foco de atención se ha puesto en el abogado asistente, este representó a uno de los intervinientes: el Ministerio Público. Tras la intervención de la jueza, quien ofició al Ministerio Público al considerar que el abogado no conocía los antecedentes de la causa, se abrió una investigación administrativa desde Fiscalía. Es correcto que se haga, ya que el proceso pudo haberse llevado a cabo con mayor diligencia.
No obstante, el fiscal nacional señaló que, además de la investigación administrativa, se abrió una investigación penal para esclarecer los hechos, bajo la hipótesis de amenazas que pudieron afectar la actuación del abogado. Esto, junto a otras declaraciones que subrayan el riesgo que corren los fiscales y otros funcionarios vinculados a la investigación penal de crimen organizado, debe alertar a los tomadores de decisiones sobre la necesidad de establecer protocolos de control, rendición de cuentas y protección para quienes investigan casos de gran complejidad. Estas manifestaciones delictivas probablemente evolucionarán más rápido de lo que somos capaces de actualizar nuestros sistemas y procesos.
Por otro lado, se han logrado avances institucionales significativos, como la creación del Equipo contra el Crimen Organizado y Homicidios (ECOH), una iniciativa conjunta del Ministerio Público y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Este equipo ha centrado correctamente sus esfuerzos en aumentar los índices de detención de imputados vinculados a delitos graves, como homicidios y secuestros relacionados con crimen organizado. Para ello, se ha fortalecido el trabajo en las primeras diligencias, cruciales para la recopilación de pruebas.
Este enfoque ha permitido una mayor coordinación entre los intervinientes y entre fiscalías de las 10 regiones donde se ha implementado el ECOH. Sin embargo, persiste el desafío de mejorar la coordinación y acceso a antecedentes no solo a nivel suprarregional, sino interregional, especialmente en casos donde la movilidad de los imputados y la dispersión de sus actividades criminales superan los límites territoriales de una región. Esto plantea la necesidad de contar con sistemas que permitan almacenar y consultar información centralizada de causas vigentes y pasadas, facilitando el establecimiento de vínculos entre ellas.
Lo anterior entrega elementos que fundan un análisis criminológico adecuado y oportuno que aportaría a una mayor comprensión del fenómeno del crimen organizado —amplio y diverso en grupos y tipos de manifestación criminal—, abordando de manera focalizada, pero con posibilidad de vinculación, las motivaciones y características de sus miembros, así como sus modos de operación, redes y vínculos, develando la versatilidad y capacidad de adaptación de estas organizaciones ante diversas oportunidades en mercados delictivos.
Estos conocimientos no solo contribuirían a la política criminal, sino también al desarrollo de políticas públicas. El carácter empresarial de estas organizaciones establece su presencia tanto a nivel macro como en territorios acotados, como sectores, barrios o campamentos, lo que representa un desafío de abordaje que transciende a la persecución. (El Mercurio)
Carlos Guajardo García
Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado