En julio, la sala de la Cámara de Diputados debería votar, contra el tiempo, el proyecto para hacer la elección de alcaldes y gobernadores de octubre en dos días.
El proceso tiene pendiente su visado en la comisión de Hacienda, puesto que uno de los nudos apunta a la resistencia del oficialismo, especialmente en el Senado, a la rebaja de $1.500 a $975 para el pago a los candidatos por cada voto obtenido. Y es que de no modificar aquello, el proceso tendría un sobrecosto de $30 mil millones.
De acuerdo a lo que detalla El Mercurio, en paralelo, el Servicio Electoral (Servel) entregó dos documentos a los diputados: uno sobre los fundamentos para hacer la elección de octubre en dos días, y otro, con 11 observaciones al proyecto.
La primera, apunta al voto obligatorio efectivo, donde «resulta fundamental fijar transitoriamente el mismo procedimiento aplicado para el plebiscito del año 2023, similar al del artículo 160 de la Constitución. De lo contrario, tendríamos un voto obligatorio sin sanción».
La segunda, a la elección municipal y regional 2024 en dos días. «El proyecto recoge las dificultades de las elecciones en solo un día debido al carácter obligatorio de los próximos sufragios de octubre, previendo que se duplique el número de electores que participe respecto de elecciones pasadas. El Servel ha concluido que la mejor opción es que los electores puedan votar el sábado y domingo, eligiendo libremente uno de esos dos días para hacerlo».
En tercer lugar, apunta a mejoras a la selección de vocales de mesa. «El proyecto establece que los vocales podrán ser convocados solo para dos procesos electorales generales consecutivos, sea que se trate de las elecciones presidenciales, parlamentarias, municipales y/o regionales, o de plebiscitos. Se incluyen las respectivas segundas votaciones de presidente y gobernador regional. Después no podrán ser vocales por un período de ocho años».
El cuarto punto elimina la ley seca. Se considera que esta es una disposición obsoleta que complica al comercio. Fácil de infringir y difícil de controlar.
El quinto, alude a la obligación de detallar gastos devengados de campaña antes de la elección. «Se obliga a candidatos y partidos políticos a declarar antes de la elección los gastos contratados y devengados por conceptos de las letras c) y d) del artículo 2 de la ley, que refieren a arrendamiento de muebles e inmuebles y a pagos a personas que presten servicios a las candidaturas. Además, solo deben informarse los gastos superiores a 30 UF por proveedor único en toda la campaña».
«Estos límites a la información que debe darse es una innovación del Senado en este punto sobre el proyecto original. El propósito de lo anterior es que no se puedan aumentar los gastos de campañas sin fundamento luego de haberse conocido la cantidad de votos obtenidos y su correspondiente reembolso», señala el texto.
El sexto punto, apunta a la incorporación de redes sociales y plataformas de internet con igual regulación que radios y prensa. La propuesta es aplicar el mismo régimen que tienen las radios y los diarios a las redes sociales y plataformas de internet, en orden a inscribirse en el Servel fijando sus tarifas antes de la campaña, aplicarlas en forma uniforme a todos los candidatos e informar lo contratado al Servel regularmente.
Adicionalmente se consideran también como medios de propaganda permitida los canales concesionarios de televisión local o regional.
El séptimo, alude a la facultad de fijar como local establecimiento privados educacionales o deportivos. «Debe considerarse que con voto obligatorio aumentar de forma progresiva los locales será posiblemente una necesidad para hacer las elecciones presidenciales, senadores y diputados en un día», indica el texto.
El octavo punto apunta a las dos cámaras secretas. Actualmente dos cámaras secretas por mesa es una posibilidad. Se propone que esta sea una obligación.
El punto nueve, hace referencia al lápiz a pasta azul. Se establece el voto con lápiz a pasta azul para sufragar, cambiando el actual lápiz de grafito. El lápiz pasta azul resulta conveniente debido a lo común y extendido de su uso. Se dificulta también con su utilización la fotocopia de documentos, en particular de los votos.
Punto 10: Cambio en las declaraciones de candidaturas para parlamentarios, municipales y regionales. Este cambio solicitado por el Servel al Gobierno dice relación con modificar las declaraciones de candidaturas en orden a facilitar el proceso a los partidos políticos y candidatos. Actualmente las declaraciones se hacen todas en el plazo de 90 días antes de la elección. Los partidos al mismo tiempo tienen que negociar los pactos y los candidatos y tienen que agregar una serie de documentos exigidos para cada candidatura. Todo en un mismo plazo.
Y el punto 11, al aumento permiso laboral para sufragar. De dos a tres horas el permiso laboral para poder concurrir a sufragar. (Emol)