Se esperaba que el dictamen que emitiría la Dirección del Trabajo (DT) sobre la negociación colectiva de los grupos negociadores aclarará cómo se iba a aplicar. Sin embargo, nada de eso pasó y el esperado dictamen generó más dudas que certezas. “La DT no puede, en ejercicio de sus facultades interpretativas, regular un procedimiento de negociación colectiva para los grupos negociadores, porque ello infringiría el principio de reserva legal establecido en la Constitución”, señaló el dictamen del organismo.
En su fundamentación, la DT, recuerda que el artículo 19 N°16, inciso 5° de la Constitución, indica que “la ley establecerá las modalidades de la negociación colectiva y los procedimientos adecuados para lograr en ella una solución justa y pacífica”. Por ello, “la DT no puede, de esta forma, invadir un espacio regulatorio reservado exclusivamente a la ley”.
Así las cosas, “esta conclusión no significa desconocer el derecho de los grupos negociadores para pactar condiciones de trabajo con los empleadores. Sin embargo, al no ser aquella una negociación colectiva regulada en la ley, los acuerdos alcanzados por grupos negociadores no producen los efectos jurídicos contemplados en el Libro IV del Código del Trabajo”.
Cabe recordar que luego de que el Tribunal Constitucional (TC) dictaminará que sindicatos y grupos negociadores tienen el mismo estatus jurídico y, por ende, los mismos derechos, el Ejecutivo envió un veto supresivo acabando con uno de ‘los corazones’ de la Reforma Laboral: la titularidad sindical, y dejando sin una regulación expresa el procedimiento de negociación reglada de los grupos negociadores. Esto llevó a que el abogado laboral y asesor de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Héctor Humeres, enviara una solicitud a la DT para que aclarara el procedimiento.
EXPERTOS
Los expertos no quedaron para nada conformes con el dictamen que publicó ayer la DT. En ese sentido, Héctor Humeres señaló que “quedamos peor que antes. Si bien la DT me merece el mayor respeto, creo que están equivocados, que está errado su planteamiento reconociendo que tiene todas las facultades para interpretar”. Asimismo, añadió que se “está desmintiendo toda la normativa, ya que incluso el TC les dio derecho a huelga, ¿en base a qué interpretan que no pueden negociar?. Los últimos tres párrafos están diciendo que no pueden negociar y eso significa ir contra el TC y contra la nueva ley”.
Humeres adelanta que habrán una mayor judicialización, ya que “cada juez tiene un criterio distinto y puede decir que no tiene derecho a negociación, que debe ser reglada o no reglada, muchas empresas se encontrarán en este problema sin tener certeza jurídica lo que la relación laboral necesita que se establezca y acá ni siquiera se puede hacer por la vía de sentar jurisprudencia porque las sentencias no obligan a otros tribunales” . El director de Berg Consultores indicó que el dictamen “no dice nada, no aporta nada, salvo que decir que efectivamente los acuerdos que tengan los grupos negociadores no podrían ser considerados instrumentos colectivos. Pero eso no lo dice en ninguna parte la ley y es una interpretación de la DT”.
Mientras que para el ex subsecretario del Trabajo, Zarko Luksic, “la DT se toma atribuciones que no corresponde, ya que afirma que la negociación de los grupos negociadores no tendrá la misma validez que una negociación colectiva, sin embargo, en distintos artículos del capítulo IV hay menciones expresas a las se refieren a los grupos negociadores y sus alcances para los trabajadores”. Para Luksic “se debe enviar una ley corta para regular a los grupos negociadores, ya que si no se legisla rápidamente esta situación se va a judicializar, no sólo en tribunales laborales sino que también en el Tribunal Constitucional”. (Pulso)