Esta mañana la sala de la Cámara de Diputados aprobó por 105 votos a favor, 12 en contra y 2 abstenciones, el proyecto de agenda corta antidelincuencia, que busca hacer efectiva la aplicación de las penas contempladas para los delitos de robo, hurto y receptación.
Ahora la iniciativa, que también fue votada en particular, pasará al Senado en su segundo trámite legislativo.
Uno de los puntos más polémicos que contiene el proyecto, es el control preventivo de identidad. En la comisión de Constitución, los legisladores presentaron una indicación que recomienda que el Ministerio del Interior, de forma semestral, entregue un balance de la ley al Parlamento.
Asimismo, aprobaron una indicación del Ejecutivo que aumenta las penas para quienes atenten contra Carabineros, efectivos de la PDI, y gendarmes.
OTROS PUNTOS
En el caso de los delitos relacionados con el robo y el hurto, se determinó que para la pena no se deberán considerar las atenuantes que permiten la rebaja de la sanción (artículos 65 a 69 del Código Penal). Se incluyen en este ámbito la apropiación de las cosas muebles ajenas contra la voluntad de su dueño; el robo con violencia o intimidación en las personas; el robo con fuerza en las cosas; el hurto; el abigeato; y el hurto y robo con agravantes. Se excluyen la extorsión, el hurto por hallazgo (salvo que sea en un contexto de siniestro) y el robo de partes de un animal (como plumas, crin o lana, por ejemplo).
En materia de receptación, se aprobó imponer el grado máximo de la pena establecida en el Código Penal para esta materia (presidio menor en cualquiera de sus grados y multa de cinco a cien unidades tributarias mensuales), si el valor de lo receptado excede las 400 UTM.
Además, se indica que el juez podrá aumentar en un grado, si el delito fuera cometido por una agrupación u organización que se califique como tal con atención a la cantidad de sus miembros, su dotación de recursos y medios, así como por su capacidad de planificación e incidencia sostenida en el tiempo. Cuando la organización se hubiese formado a través de una persona jurídica, se impondrá también, como consecuencia accesoria, la disolución o cancelación de esta.
El proyecto dispone además que el Ministerio Público, Carabineros, la Policía de Investigaciones, Gendarmería y el Poder Judicial deberán intercambiar los datos personales de imputados y condenados, con el objeto de servir de elemento de apoyo a la labor investigativa en las diversas etapas del proceso penal y de colaboración para una eficaz y eficiente toma de decisiones de los tribunales de justicia y de sustento a las políticas de reinserción.
El funcionamiento de este banco de datos se regirá por un decreto supremo del Ministerio de Justicia que podrá determinar que además sea integrado por otras instituciones públicas dentro de la esfera de su competencia.
El Ministerio Público se encargará de la administración del banco de datos, el que deberá mantener unificado y actualizado y que podrá ser consultado o requerido por los organismos referidos, dentro de la esfera de su competencia, garantizando la interoperatividad del sistema