– La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia dictada por el Vigésimo Segundo Juzgado Civil que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $1.840.000.000 a 74 familiares de 20 víctimas del tsunami que azotó la zona centro sur del país la madrugada del 27 de febrero de 2010. En fallo unánime, la Duodécima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Alfredo Pfeiffer, Fernando Carreño y Patricia González– confirmó la sentencia recurrida que condenó al fisco a pagar entre $7.500.000 y $30 millones a familiares de fallecidos y a quienes resultaron con lesiones en Juan Fernández, San Antonio, Constitución, Talcahuano y Tomé. La sentencia del tribunal de alzada, asimismo, descarta infracción de ley en el fallo dictado por el juez Pedro García, que en abril del año pasado estableció la responsabilidad de la Oficina Nacional de Emergencias del Ministerio del Interior (Onemi) y del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA) por falta de servicio durante la emergencia.
De acuerdo a la resolución de primera instancia, tanto la Onemi como el SHOA tuvieron responsabilidad en la tragedia al incumplir con los protocolos establecidos. Según detalló, el primero debió haber decretado Alerta Roja luego de haber recibido la alerta de maremoto por parte de la Armada, enfatizando que no es posible establecer que la información que se disponía en ese minuto era precaria o confusa. «Por una parte, se tenía la propia alerta de tsunami transmitida al C.A.T., y por otra, se tenía como respaldo el primer boletín.
Emol