La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago que condenó a Tomás Serrano Parot y Jorge Fuenzalida Barraza, como autores de los delitos de uso indebido de custodias, previsto en la Ley de Valores; estafa y entrega maliciosa de información falsa.
En fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Mireya López, Alejandro Rivera y Carlos Carrillo- descartó infracción de ley en la sentencia del tribunal de primera instancia que, el 15 de diciembre pasado, condenó al ex gerente general de la fallida corredora Raimundo Serrano Mc Aulliffe a la pena de 9 años de presidio por uso indebido de custodia y proporcionar maliciosamente antecedentes falsos a la Superintendencia de Valores y Seguros (ambos de la Ley 18.045 sobre Mercado de Valores); y a 6 años de presidio por el delito de estafa.
A su vez, se confirmó la pena de 5 años de presidio por el delito de uso indebido de custodia y 6 años por el delito de estafa para Fuenzalida Barraza, ex gerente comercial de esa intermediaria.
La resolución de la Corte de Apelaciones considera ajustada a derecho la aplicación de las penas de presidio efectivo, atendida los delitos y las facultades del juez para aplicar distintas penas.