Ayer la Corte Internacional de Justicia dio a conocer su esperado fallo relativo a la delimitación de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia. Nicaragua demandó a Colombia el año 2013, reclamando supuestos derechos soberanos sobre la plataforma continental, más allá de sus 200 millas marinas y extendiéndose al interior de las 200 millas marinas de Colombia. La Corte determinó que un Estado no puede reclamar una plataforma continental extendida, es decir, más allá de sus 200 millas marinas, si dicha plataforma se extiende al interior de las 200 millas marinas de otro Estado.
De esta forma, la Corte Internacional de Justicia resolvió una pregunta esencial del Derecho Internacional y reafirmó en forma inequívoca que la plataforma continental jurídica de un Estado, hasta una distancia de 200 millas marinas contadas de la costa, prima sobre cualquier pretensión que un Estado tenga al exterior de dicha zona.
Este fallo tiene importantes y directas implicancias para Chile.
La Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar establece que los Estados ribereños cuentan con una plataforma continental que comprende el lecho y el subsuelo de las áreas marinas. Esa plataforma continental se extiende, para todos los Estados, hasta las 200 millas marinas contadas desde sus costas. Además, si un Estado tiene un subsuelo marino que se extiende geomorfológicamente más allá de esas 200 millas, puede reclamar derechos sobre una “plataforma continental extendida”.
El año 2009, Argentina presentó a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de Naciones Unidas su propuesta de límite exterior de su plataforma continental extendida. En el mar de la Zona Austral, la presentación argentina incluyó una zona que se encuentra al interior de las 200 millas marinas de Chile. Es decir, que forma parte de la plataforma continental jurídica de nuestro país. Chile se opuso. En el año 2016, cuando la Comisión de Límites hizo sus recomendaciones técnicas, Chile nuevamente se opuso.
Pese a las protestas chilenas, el Congreso argentino aprobó una ley fijando los límites de su plataforma continental extendida, incluyendo en dicha ley la zona que se encuentra al interior de las 200 millas marinas de Chile.
Nuestro gobierno no solo volvió a protestar. También tomamos la importante decisión, porque el Derecho Internacional nos lo permitía, de actualizar nuestra Carta Náutica N° 8, que establece las áreas marítimas pertenecientes a nuestro país. Este fue un trabajo conjunto liderado por diversas autoridades de nuestro gobierno.
En la actualización que hicimos de esta carta náutica reafirmamos en forma categórica los derechos soberanos de Chile sobre su plataforma continental en el mar de la Zona Austral, proyectada desde las islas de Diego Ramírez, que naturalmente excluyen la pretensión argentina en dicha área.
La Corte Internacional de Justicia ha confirmado, sin espacio para dudas, que la histórica posición chilena está plenamente respaldada por el Derecho Internacional, incluyendo la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y la costumbre internacional. Argentina no tiene derecho alguno en el área que se encuentra al interior de las 200 millas marinas en el mar de la Zona Austral, tal como lo refleja la carta náutica publicada durante nuestro gobierno.
El fallo de la Corte Internacional de Justicia debe ser visto como una oportunidad para cerrar este capítulo y dejar atrás las diferencias entre ambos Estados. Debemos ahora enfocar nuestros esfuerzos en seguir la senda de la amistad y colaboración profunda que caracteriza a Chile y Argentina.
Los lazos entre Argentina y Chile son antiguos, sólidos y profundos. Así lo consigna la frase escrita al pie del Cristo Redentor en la majestuosa cordillera de los Andes: “Se desplomarán primero estas montañas, antes que argentinos y chilenos rompan la paz jurada a los pies del Cristo Redentor”.
Desde el nacimiento de nuestras repúblicas, hemos tenido profundos vínculos históricos de amistad y colaboración. Cuando existe voluntad política, cuando tenemos coincidencias en visiones de futuro, cuando existe buena voluntad, no hay nada que pueda frenar una mayor y mejor integración entre dos países y dos pueblos hermanos como Argentina y Chile. (El Mercurio)
Sebastián Piñera Echenique