Quien hasta hoy se desempeñaba como subsecretario del Interior, Luis Cordero, asumirá como titular del nuevo Ministerio de Seguridad Pública.
De acuerdo al cronograma fijado por el propio gobierno, el martes 1 de abril de 2025, debe iniciar su labor la nueva cartera.
Este ministerio, además, estará a cargo de las subsecretarías de Seguridad Pública y de Prevención del Delito, que contarán en total con 11 jefes de división.
Luis Cordero tiene 52 años y es abogado de la Universidad de la República, doctor en Derecho de la Universidad de Lleida, magíster en Derecho Público de la Universidad de Chile y Magíster en Políticas Públicas de la Universidad de Chile y se desempeñaba como subsecretario del Interior desde el 17 de octubre pasado, cuando reemplazó a Manuel Monsalve (quien renunció al cargo luego de conocerse una denuncia por violación en su contra).
El 7 de enero de 2023 el presidente Gabriel Boric lo había nombrado como ministro de Justicia y Derechos Humanos, luego de la renuncia de la ministra Marcela Ríos tras la controversia generada por los indultos ligados al estallido social.
EL NUEVO MINISTERIO
La nueva cartera estará instalada en el edificio de Teatinos 220 frente a la Plaza de la Constitución y al palacio de La Moneda. Con su creación se permite al Ministerio del Interior el rol de coordinación política del gabinete de ministros.
La Ley 21.730, norma que dio vida a la cartera, define cuáles serán las funciones del nuevo ministerio: “planificar, diseñar, sancionar, supervisar y evaluar las políticas, planes y programas relativos al resguardo, mantención y promoción de la seguridad pública”. Con todo, las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, integradas por Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones de Chile, dependerán del nuevo ministerio, lo que hasta ahora era trabajo de Interior.
La ley otorga nuevas atribuciones atribuciones para el nuevo ministro. Por ejemplo, la norma autoriza que el nuevo el ministro pueda solicitar “los antecedentes o informaciones que estime pertinentes” a cualquier órgano de la Administración del Estado, incluso si estos tienen el carácter de secretos o reservados. Estos deberán ser entregados “a la mayor brevedad posible o dentro del plazo requerido por aquel”.
Así las cosas, el nuevo “zar de seguridad” podría contar con información de organismos como el Servicio de Impuestos Internos o la UAF en paralelo al trabajo del Ministerio Público en una respectiva investigación. “En ningún caso podrá solicitar antecedentes cuya divulgación afecte o pueda afectar el desarrollo de una investigación penal en curso”, precisa ese artículo de la ley. (La Tercera)