Pena de muerte empresarial

Pena de muerte empresarial

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El 1° de septiembre entrará en vigor la nueva Ley de Delitos Económicos y Atentados contra el Medio Ambiente, que, entre otras sanciones, incluye la disolución o cancelación de la personalidad jurídica, es decir, la «pena de muerte» para las empresas. Aunque este concepto pueda parecer extremo, no es una novedad a nivel internacional, y su aplicación en Chile marca un hito en la evolución de la responsabilidad penal empresarial.

La «pena de muerte» para las empresas se refiere a la disolución forzosa de una compañía como consecuencia de su participación en delitos graves. Esta sanción, considerada la más severa dentro del marco jurídico, implica la liquidación de la empresa, la venta de sus activos y, en muchos casos, la prohibición de operar bajo cualquier forma en el futuro.

La nueva Ley de Delitos Económicos establece que, si una empresa es hallada culpable de delitos graves como lavado de dinero, corrupción o daños al medio ambiente, podría enfrentarse a la disolución como medida extrema. Esta disposición no solo busca castigar a la empresa, sino también enviar un mensaje claro de intolerancia hacia la corrupción y otras formas de criminalidad corporativa.

Para las empresas chilenas, esto representa un riesgo significativo, ya que el nuevo marco normativo abarca un amplio espectro de delitos que pueden desencadenar esta sanción. Por lo tanto, es imprescindible que las organizaciones implementen sistemas de compliance robustos y efectivos. Adoptar medidas preventivas, como la creación de Modelos de Cumplimiento Normativo que incluyan la prevención de delitos y la formación continua del personal, es esencial para mitigar estos riesgos.

La «pena de muerte» para las empresas en la legislación chilena refleja una tendencia global hacia la responsabilidad penal corporativa. Las empresas deben ser conscientes de que las consecuencias de la mala conducta pueden ser tan graves como llevar a su desaparición. En un mundo cada vez más regulado, el cumplimiento normativo ya no es opcional, sino necesario para la supervivencia.

Si una empresa implementa un Modelo de Compliance de manera adecuada y diligente, puede quedar eximida de responsabilidad penal en caso de que alguno de sus colaboradores cometa un delito. Es crucial transmitir un mensaje de tranquilidad al mercado y a las organizaciones: algunos empresarios podrían interpretar esto como una persecución hacia el sector empresarial, pero en realidad, es todo lo contrario. Se trata de garantizar seguridad jurídica, asegurando que, si se cumplen estos modelos de prevención, no se les responsabilizará penalmente por las acciones de terceros. Es un paso esencial para proteger a las empresas en un entorno regulatorio cada vez más exigente.

Esta nueva realidad legal en Chile debería ser un llamado a la acción para las empresas, que deben tomar medidas proactivas para garantizar que operan dentro del marco legal y de acuerdo con los más altos estándares éticos. La responsabilidad no solo recae en la alta dirección, sino en todos los niveles de la organización. La implementación de un sólido programa de compliance es ahora más crucial que nunca para evitar convertirse en el próximo caso emblemático de «pena de muerte» empresarial. (Red NP)

José Ignacio Camus

Co-Founder 

Admiral Compliance