La iniciativa amplía el marco de actividades que pueden realizar los partidos políticos: plebiscitos, consultas, formación política, proyectos culturales y educativos, seminarios, cursos publicaciones entre otros. Se destaca la integración en las actividades de los partidos a los jóvenes entre 14 y 18 años.
Asimismo, busca modernizar y simplificar el procedimiento de constitución de los partidos
Constitución de partidos políticos
- El proyecto busca modernizar y simplificar el procedimiento de constitución de partidos.
- Las afiliaciones se podrán efectuar ante cualquier notario, Registro Civil o SERVEL.
- La afiliación y constitución podrá realizarse a través de firma electrónica.
Respecto de la afiliación de partidos
- El proyecto de ley establece derechos mínimos de los afiliados, como participar en procesos internos de selección de candidatos, derecho a voto en elecciones internas, entre otros.
- Se establecen también deberes de los afiliados, como respetar los principios y estatutos del partido.
- Se eliminarán los fallecidos, inhabilitados y quienes no hayan participado en dos de los tres últimos procesos electorales internos a nivel nacional.
- Los partidos deberán informar al SERVEL en los tres primeros días hábiles de cada mes las nuevas afiliaciones y desafiliaciones que se hayan producido en el mes anterior.
Ámbitos de acción de los partidos políticos
- Se amplía el marco de actividades que pueden realizar los partidos: plebiscitos, consultas, formación política, proyectos culturales y educativos, seminarios, entre otros.
- Se destaca la integración de jóvenes entre 14 y 18 años en las actividades del partido.
Sobre la organización interna de los partidos
- La directiva central deberá efectuar una declaración anual de intereses y patrimonio en términos de la ley sobre Probidad.
- Se exige la integración de mujeres en los órganos directivos propendiendo a alcanzar la paridad de género en su conformación. Cada partido es responsable de determinar el modo de hacerlo.
- El proyecto además deroga la actual prohibición de los partidos de dar órdenes a sus militantes que ocupen los cargos de diputado, senador y alcaldes.
Transparencia
- La iniciativa incorpora también deberes de transparencia para los partidos, con las consecuentes responsabilidades por su infracción.
- Se establece un procedimiento para hacer efectivo el derecho de acceso a la información del partido por sus afiliados.
Disolución de partidos políticos
Se crean 2 nuevas causales de disolución de un partido:
Para los partidos constituidos en más de una región se establece que si su número de afiliados disminuye a una cifra inferior al 50% del número exigido por ley para su constitución, en todas las regiones en que está constituido, el partido se disolverá.
La segunda abarca la hipótesis de que si un partido constituido en más de una región no alcanza el 2,5% de los sufragios válidamente emitidos en la última elección de diputados o ha disminuido su número total de afiliados a una cifra inferior al 50% del número de afiliados exigido por ley para su constitución, entonces el partido dejará de estar constituido en dichas regiones.