Promesas gratuitas-Sebastián Soto

Promesas gratuitas-Sebastián Soto

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La designación del gabinete del presidente Piñera ha hecho pasar algo desapercibida una mala noticia en materia de educación superior: la aprobación del proyecto que establece la gratuidad universal y, en especial, su fórmula de financiamiento. El proyecto financia la gratuidad para los alumnos provenientes de los seis primeros deciles. Sin embargo, para el séptimo y los siguientes el proyecto requiere que se dé una relación determinada entre los ingresos fiscales estructurales y el PIB tendencial del país. Son los llamados “gatillos”. ¿Cuál es el problema de esta forma de financiar la gratuidad? Hay al menos dos: uno es político, el otro constitucional.

Partamos por el político. No existe precedente en nuestra historia legislativa de una norma que haya planteado esta forma de financiamiento. Y es que hasta estos años la política había respetado una lógica muy asentada de financiamiento real y no hipotético de los proyectos de ley. Eso era un elemento distintivo de nuestro acuerdo político que hoy se rompe. ¿Y por qué eso sería inconveniente? Porque daña severamente la deliberación responsable en torno a políticas públicas. En adelante, todo presidente estará tentado a hacer lo mismo que hoy ha hecho la Presidenta Bachelet: prometer y aprobar una ley sin vincularla con los costos que genera. ¿Cómo no va a ser atractivo hacer promesas emancipadas de su financiamiento? ¿Por qué más adelante otros no seguirán esta senda de prometer medidas y trasladar su financiamiento a un futuro hipotético?

Pero hay también un problema constitucional. Esta forma de financiar la gratuidad rompe una antigua regla incorporada en la Constitución de 1925, que permanece hasta nuestros días. A instancias de Kemmerer, la Comisión Constituyente del 25 aprobó una norma que exige que los proyectos despachados por el Congreso Nacional se encuentren financiados. El proyecto no cumple la norma constitucional porque, como lo ha reconocido el propio ministro Eyzaguirre, la gratuidad no está financiada. Hace una semana dijo en el Senado que “para poder llegar a esos gatillos va a haber que mandar antes una ley tributaria”. Es una inédita y algo tardía “confesión de inconstitucionalidad”.

A eso hay que agregar que la exigencia que impone la Carta Fundamental desde 1925 exige precisión y realidad al momento de indicar la fuente de financiamiento. Ello, como es claro, no ocurre cuando el artículo cuestionado no señala ninguna fuente real sino que se funda en situaciones hipotéticas y condicionadas a eventos futuros. Y es que, en realidad, para el proyecto lo relevante era decir que se cumplió una promesa y no su financiamiento. Ello queda claro cuando se toma conciencia de que, como muestra un estudio de Libertad y Desarrollo, de mantenerse cifras similares a las actuales la promesa del gobierno se cumpliría tan solo en 70 años más.

Hasta la fecha, las promesas de la política tenían el límite que imponía la realidad financiera. A partir de hoy y debido a esta nueva forma de legislar, se reducen las barreras al populismo porque ahora se puede decir que las promesas se han cumplido aunque no estén financiadas. Es un triste legado. (La Tercera)

Sebastián Soto

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