Recuerdan que la CC pidió liberación de «presos políticos» mapuches

Recuerdan que la CC pidió liberación de «presos políticos» mapuches

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La reciente detención del líder de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Héctor Llaitul, continúa generando coletazos en la arena política, especialmente tensionada por la proximidad del Plebiscito de salida.

Ayer, la ministra del Interior, Izkia Siches, salió rápidamente a llamar a «no sacar réditos políticos» tras el hecho. Pero la pregunta para algunos ha sido ineludible. Y las memorias también.

Ayer, el ex convencional Fuad Chahín descartó señalar si la detención de Llaitul beneficiaba al Apruebo o al Rechazo, pero sí recordó que el pasado 8 de julio, el pleno de la Convención Constitucional aprobó emitir una declaración para abordar la situación de las personas detenidas por participar en hechos de violencia después del 18-O y la desmilitarización del Wallmapu.

«Esto demuestra una inconsistencia. Hoy día está preso Héctor Llaitul porque hubo una querella el año 2020 por la Ley de Seguridad del Estado, la misma ley que hoy este Gobierno se niega a aplicar», dijo anoche Chahin en «Tú Decides» de Canal 13.

Y agregó que: «además, Fernando Atria, cuando era convencional, el 8 de julio de 2021, firmó una declaración, que además aprobó el Pleno, y entre otras cosas, pedía que se levantaran todas las querellas por Ley de Seguridad del Estado; entre esas querellas, que estaba ahí vigente, justamente la que ha permitido hoy día la captura de Héctor Llaitul«.

Chahin complementó que «justamente esa actitud, condescendiente con la violencia, con el terrorismo, con ese tipo de práctica, las mismas declaraciones con las que se pedía la libertad a los presos de la revuelta, es la que Fernando (Atria) firmó el 8 de julio«.

Consultado Atria por si la declaración fue un error, éste respondió que no. «Esa declaración fue importante para que pudiera continuar el proceso constituyente y la convención. En todo caso la detención de Llaitul no es sólo por LSE, también es por hurto de madera y por usurpación, que son delitos comunes, por lo tanto no hubiera afectado el retiro de las querellas».

E insistió en que fue algo «que se debió hacer, se debió proceder, permitió que la Convención avanzara y tuviera éxito en el cumplimiento de su mandato«.

ACUERDO DEL 8 DE JULIO

El 8 de julio de 2021 -a los pocos días de comenzar a redactar el texto-, el pleno de la Convención Constitucional aprobó por 105 votos a favor, 34 en contra y 10 abstenciones emitir una declaración para la situación de las personas detenidas por participar en hechos de violencia después del 18-O y la desmilitarización del wallmapu.

El texto, que fue elaborado por los convencionales del bloque Apruebo Dignidad (FA-PC), junto al colectivo socialista (PS) e independientes, contenía seis puntos, entre los que destacaba la solicitud al Poder Ejecutivo y Legislativo de poner urgencia al proyecto de ley de indulto a los llamados «presos de la revuelta», y también pedían que el indulto, «sea aplicable desde el año 2001 para los presos políticos mapuche».

«La Convención, sin pretender interferir ni arrogarse las competencias o atribuciones de otros poderes del Estado, tiene la responsabilidad política de pronunciarse frente al país en relación con estas situaciones contingentes que, claramente, contravienen el espíritu que guía su trabajo: asentar un camino de paz y justicia social para todas y todos los habitantes de nuestra comunidad política», señalaba el texto.

La propuesta pedía que «respecto del Proyecto de Ley de Indulto General en la Comisión de Constitución del Senado, su tramitación con la máxima celeridad» y «al Poder Ejecutivo dar suma urgencia» a la misma iniciativa, y al Proyecto de Ley de Reparación a Víctimas de DD.HH. Asimismo, reclamaba el retiro de todas las querellas interpuestas que invocan la Ley de Seguridad del Estado.

En tanto, sobre el «wallmapu», indicaron que la necesidad de generar la «inmediata desmilitarización», así como la anulación de la medida que aumenta el presupuesto «para la represión del territorio mapuche«.

«Que el indulto, en el caso de las Regiones del Bio Bio, Araucanía, Los Lagos y Los Ríos sea aplicable desde el año 2001 para los presos políticos mapuche», agregaba el texto, junto con solicitar que se disponga «la aplicación directa y obligatoria del Convenio 169 en lo relativo al conocimiento de situaciones calificadas de delitos y que constituyan ejercicio de derechos territoriales, culturales, y políticos y a la aplicación preferente y obligatoria de penas distintas a la privación de libertad».

Otro punto establecido en el texto fue pedir al Ministro de Justicia y DD.HH. que «concluya el proceso de modificación del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios y garantice los derechos de las personas privadas de libertad de origen indígena, y aplique a su respecto de manera inmediata las disposiciones contenidas en el convenio 169 de la OIT y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas».

Finalmente, llamaron a implementar «una política robusta de justicia, que contribuya a la reparación integral de los perjuicios y los daños sufridos, de forma individual y colectiva, para quienes han sido víctimas de persecución, prisión política y vulneración sistemática a los derechos humanos».

«Nos comprometemos a crear en la Nueva Constitución los mecanismos pertinentes y necesarios para que no se vulneren nuevamente los Derechos Humanos de todas y todos los pueblos y una garantía de no repetición de los hechos», concluyeron. (Emol)