Un particular fallo terminó con la disputa entre Cooke Aquaculture Chile y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
La filial de la multinacional canadiense Cooke Seafood había pedido al Tercer Tribunal Ambiental suspender una resolución del ente fiscalizador que paralizaba la siembra del Centro de Engorda de Salmones (CES) Huillines 3 –ubicado en la Región de Aysén-, donde la empresa contaba con 170 mil salmones en piscicultura de agua dulce que debían traspasarse al medio marino.
Asimismo, ambas partes habían discutido si el centro en cuestión se encontraba o no al interior del Parque Nacional Laguna San Rafael. Los abogados de ambas partes, en audiencia, habían presentado mapas para defender sus posiciones.
Pero el fallo del tribunal no dirimió sobre ninguno de estos puntos y señaló que las medidas que se podrían dictar “resultan innecesarias”. ¿Por qué? La sentencia explica que la última resolución de la SMA que paralizaba la siembra de la cosecha caducó el 1 de enero 2023, por lo que la restricción ni siquiera se encontraba vigente al momento de la audiencia entre la SMA y Cooke.
Sin embargo, esto no es una buena noticia para la canadiense. El tribunal recordó que según un decreto de la Subsecretaría de Pesca, los centros de engorda deben realizar la siembra de todos los ejemplares en un plazo máximo de tres meses. Este plazo, dice el fallo, venció a principios de enero, por lo que “no resulta posible ingresar más peces al CES Huillines 3”.
Previamente la salmonera había afirmado que las pérdidas por esta situación superarían los US$ 7,5 millones, por la suma de los costos de los salmones sacrificados, el centro inutilizado y el impedimento de comercializar los peces.
LA RESPUESTA DE COOKE
Tras conocerse el fallo, la salmonera canadiense emitió una declaración pública donde afirmó que «la resolución del Tercer Tribunal Ambiental revela una denegación de justicia» y criticó a la institución por negarse a resolver el fondo de la reclamación.
La compañía insistió en que las medidas del ente fiscalizador eran arbitarias e ilegales y acusó que el Tribunal se demoró 24 horas en autorizar «la decisión ilegal de la SMA y, sin embargo, dilató durante cuatro meses pronunciarse sobre nuestro reclamo, a pesar de que la Corte Suprema le ordenó hacerlo».
Con esto, señalaron que «las empresas se encuentra hoy en la más completa indefensión (…) Esta conducta anti empresa se produce aun cuando la actividad privada la cumpla integralmente la legislación vigente».
Asimismo, aludieron a que «llama la atención que un país que busca superar su crisis económica y recuperar la inversión, cuente con un Tribunal Ambiental que sesiona dos días a la semana, dilatando resoluciones que afectan severamente los derechos de los particulares”.
Finalmente, Cooke agregó que su equipo legal está estudiando las consecuencias que «la ausencia de un pronunciamiento de fondo» del tribunal pueda tener.
CARGOS CONTRA EMPRESA
En paralelo a la publicación de este fallo, la SMA inició un procedimiento sancionatorio en contra de otra compañía del sector acuícola, por hallazgos en otro centro de engorda de la misma Región de Aysén.
Tras una denuncia de Sernapesca, la Superintendencia formuló un cargo leve y uno grave en contra de Exportadora Los Fiordos: el primero, por la presencia de un estanque de almacenamiento de mortalidad desnaturalizada inferior al comprometido en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y, el segundo, por la “constatación del almacenamiento de mortalidad sin medidas de contención y con riesgo de caída al mar en los pasillos metálicos del CES”.
En un comunicado, la SMA aclaró que “la empresa debía disponer de un estanque de almacenamiento de mortalidad con una capacidad superior a la que fue constatada en terreno y porque el manejo de la mortalidad debía siempre impedir el vertimiento de esta al medioambiente o sobre estructuras de los CES”.
La compañía arriesga una multa de hasta $ 4.460 millones. (DF)