Uruguay aprueba Ley Integral para Personas Trans

Uruguay aprueba Ley Integral para Personas Trans

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Con 62 votos de 88, no solo de los representantes de la coalición oficialista Frente Amplio (FA) sino también de miembros de la oposición, el Congreso de Uruguay dio luz verde a la Ley Integral para Personas Trans, que llevaba año y medio en la órbita parlamentaria.

La ley, que ya había sido avalada por el Senado, se discutió en una sesión extraordinaria que empezó en la tarde del jueves y duró unas 10 horas, culminando esta madrugada tras la intervención de más de 40 parlamentarios. Ahora deberá ser promulgada por el Poder Ejecutivo.

Durante el debate, más de un centenar de personas en favor de la ley aguardaron el resultado expectantes, manteniendo el silencio hasta la aprobación individual del 24 y último artículo, poco antes de las 02.30 hora local (05.30 GMT), cuando estallaron en ovaciones y al grito de «ley trans ya».

PUNTOS CONCRETOS

En concreto, la ley establece facilidades para el cambio de nombre de las personas trans en el Registro Civil y obliga a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, a los Gobiernos departamentales, a los entes autónomos y a otras oficinas públicas a destinar, por año, el 1 % de sus puestos de trabajo al colectivo.

Además, el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional debe determinar un cupo «no inferior al 1 %» de sus programas de capacitación a las personas trans.

Respecto a la salud, el objetivo es poder incrementar la expectativa de vida de los transexuales, que actualmente se ubica entre 35 y 40 años de edad, y generar servicios específicos para el sector que «apunten a la no discriminación», según la diputada.

ASPECTOS POLÉMICOS

Uno de los artículos, que despertó polémica en la opinión pública y entre los legisladores, es el que establece que los menores de 18 años no necesitan la autorización de sus padres para cambiar su nombre o recibir tratamiento hormonal.

«Las personas menores de 18 años de edad deberán concurrir a realizar la solicitud de adecuación registral de nombre y sexo acompañadas de sus representantes legales, o acreditando el conocimiento de éstos de la realización del trámite, y, en todo caso, prestando su anuencia expresa al mismo», subraya la normativa.

En caso de no obtener la autorización, el menor podrá recurrir a los artículos del Código Civil y del Código General del Proceso que toman en cuenta «el interés superior del menor».

Otro medida que fue muy criticada es la que dicta que las personas trans, nacidas antes del 31 de diciembre de 1975, que demuestren haber sido víctimas de violencia institucional o privadas de su libertad como consecuencia de las fuerzas de seguridad, tienen derecho a una reparación económica. (DW, efe, parlamento,gub.uy)

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