La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra de las empresas Sistema Nacional de Comunicaciones Financieras S.A. (Sinacofi) y Transunión Soluciones Informáticas S.A. por mantener registros de una supuesta deuda de crédito universitario, cuyo último vencimiento corresponde al año 2000.
El fallo unánime ordenó a las empresas a eliminar de sus registros el nombre y RUT del recurrente, y toda referencia a las deudas que mantiene con la Universidad de Concepción y la Universidad Católica de Valparaíso.
El ex alumno de dichas casas de estudio expresa en su recurso de protección que en septiembre de 2017 apareció un registro de deuda a su nombre en el Boletín Comercial de la Cámara de Comercio de Santiago, a pesar de que en julio de ese mismo año el Primer Juzgado Civil de Concepción dictó sentencia definitiva ejecutoriada en la cual acogió la prescripción de la deuda y ordenó que debían ser eliminadas de los registros del boletín comercial por tener más de 10 años.
“El actuar de las recurridas Sinacofi S.A. y Transunión Chile S.A., respectivamente -pues la recurrida Equifax Chile S.A. eliminó los datos por falta de respaldo-, resulta ser ilegal y arbitrario, en cuanto vulneran el derecho del recurrente al respeto y protección de su vida privada y pública, y a su honra, desde que, es evidente que en este caso no se daban los supuestos legales para hacerlo y el actuar de aquellas, únicamente consideró el objetivo de proveer información de valor comercial, tanto a la industria bancaria como del mercado en general, sin importarles la vigencia de las normas que rigen la materia, y sin razonar que con dicha omisión el recurrente sufriría un menoscabo moral”, se lee en el fallo. (El Dínamo)