A fines de noviembre, la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) informó a la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación (UMCE) que fue acreditada por 3 años, en las dos áreas obligatorias y en una de las tres optativas (vinculación con el medio).
Lo que hasta hace un tiempo podría haber sido sólo un dato (el número de años de acreditación), ahora podría tener consecuencias para la institución. Esto ya que la nueva ley que regula a las universidades del Estado –que entró en vigencia en 2018– establece que «en caso que una universidad del Estado pierda su acreditación institucional u obtenga una inferior a cuatro años, el Ministerio de Educación designará a otra universidad del Estado para que se desempeñe como institución tutora«.
De esa forma, la UMCE se podría convertir en la primera universidad estatal en estar bajo esa figura. Sin embargo, aún quedan instancias para que la decisión de la CNA pueda revertirse y a eso apuestan en la universidad.
El prorrector del plantel, Jaime Acuña, comentó a Emol que están a la espera de recibir el documento de la CNA para revisar cuáles son las consideraciones que tuvo a la vista para adoptar esa decisión, y en base a eso presentarán un recurso de reposición ante esa entidad, para que reconsidere la medida y aumente los años de acreditación.
«Evidentemente que, como institución, los 3 años no nos satisfacen; estimamos que el trabajo realizado y todas las acciones emprendidas por la universidad apuntaban a más que sólo tres años. Por eso estamos a la espera de lo que indique ese acuerdo (documento) y se definirá la reposición que, sin duda, la universidad va a tener que presentar», señaló.
En caso que la CNA mantenga la medida, el plantel podría aún apelar ante el Consejo Nacional de Educación (CNED).
Consultado sobre la posibilidad de que se les asigne una universidad tutora, el prorrector señala que tienen dudas respecto de si eso debiera aplicarse, dado que aún no termina de implementarse completamente la nueva institucionalidad.
«Estamos en una especie de limbo, en una definición todavía respecto de ese punto en particular (…) No estamos del todo claros que eso deba aplicarse; la duda que tenemos es que debiera aplicarse cuando esté instalada la nueva institucionalidad, los nuevos estatutos de las universidades del Estado, lo que en el presente no está. Por lo tanto, el régimen de tutorías, está a continuación de esto, entonces tenemos la duda de si eso resulta aplicable hoy», comenta.
Agrega que «hoy, como estamos en una situación intermedia, no es posible aseverar a ciencia cierta, porque es cuestión de interpretación». De todas formas, remarca que «ésa es una cuestión posterior» y que «primero se van a agotar las instancias legales que permiten buscar mejorar la evaluación de la Comisión (de Acreditación) y, sobre la premisa de ese resultado, evaluar las acciones posteriores«.
UNIVERSIDAD TUTORA
Según establece la ley, la institución tutora también debe ser una universidad estatal, con al menos 5 años de acreditación, la que será designada por el Ministerio de Educación mediante decreto supremo.
A ésta le corresponde presentar al Mineduc un plan de tutoría, que deberá incluir el fortalecimiento del plantel, con especial énfasis en las materias en que la CNA realizó observaciones, y las medidas que se implementarán para que la institución obtenga una acreditación de al menos cuatro años.
Si transcurridos 6 años, la universidad no obtiene una certificación institucional de al menos cuatro años, el Mineduc nombrará un administrador provisional, y el Presidente de la República deberá enviar al Congreso un proyecto de ley que defina el destino de la institución, pudiendo considerar, entre otras medidas, «su reorganización interna o formas de administración especial dirigidas a recuperar su calidad académica».
La ley indica que «de ser necesario, dicho proyecto de ley podrá contemplar la reestructuración de la institución, el término de sus actividades o un procedimiento mediante el cual pueda ser fusionada o absorbida por otra universidad del Estado».(Emol)