Ministro de Corte visa tramitación de demanda de Jackson por injurias contra...

Ministro de Corte visa tramitación de demanda de Jackson por injurias contra Espinoza

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Fue el lunes 8 de enero que el exministro de Desarrollo Social Giorgio Jackson llevó a tribunales su prolongada enemistad política con el senador PS Fidel Espinoza.

Ese día, el fundador de RD presentó una demanda contra Espinoza por injurias y calumnias, argumentando que desde el año 2017 existe una especie de “fijación” por parte del senador hacía él. Sin embargo, especificó que fue la acusación por tratarlo de “líder de la banda” -a partir del caso del robo de 23 computadores desde el Ministerio de Desarrollo Social- lo que lo motivó a llevar esta pugna a terreno judicial.

En la demanda, además, pide la “indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual”, pues señaló que su imagen se vio afectada y que, además, las repercusiones de las “difamaciones” continúan proliferando.

La respuesta de Espinoza llegó a través de una “excepción dilatoria”, escrito en que se pide rechazar la demanda por falta de argumentos e inconsistencias procesales.

“La demanda carece de estas precisiones, induciendo a confusiones que afectan el ejercicio del derecho a la defensa del demandado, pues no existe claridad o certeza en torno a las actuaciones específicas del senador Fidel Espinoza Sandoval que darían origen a la pretensión indemnizatoria de la actora, toda vez que refiere en distintos apartados a supuestos actos difamatorios que habría ejecutado nuestro representado en contra del Sr. Giorgio Jackson Drago, a través de distintos medios, sin precisar cuáles de estos actos serían aquellos que se estiman como hechos fundantes de la acción”, se lee en el documento, patrocinado por el abogado socialista Francisco Zúñiga.

Pero los argumentos de Espinoza no fueron suficientes para el ministro de fuero Mario Gómez. El magistrado encargado de tramitar la causa rechazó la presentación del senador PS, dándole el primer triunfo a Jackson en esta contienda judicial.

En la resolución, el ministro Gómez señala que “la excepción de ineptitud del libelo se encuentra directamente relacionada con las exigencias que debe contener la demanda conforme lo previsto en el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el cumplimiento de dichos requisitos hace que la demanda cumpla con las condiciones de ser cierta, clara y determinada, y por lo tanto, para que sea procedente las deficiencias deben ser de tal magnitud que hagan inentendible la demanda”.

Además, la resolución se hace cargo de otro elemento que expuso la defensa del senador, quien apuntó otra “imprecisión” por parte de la demanda de Jackson: el argumento esgrimido para fundar la reparación del daño moral.

A juicio de la defensa del parlamentario PS, de acuerdo a lo expuesto en el texto, lo que dice el demandante es que se “reservará la discusión acerca de la especie y monto de los perjuicios”, pero -agrega- “en su propia demanda abre aquella el debate al respecto, al invocar las nociones de daño moral, daño emergente, lucro cesante y cuantificación de perjuicios”.

Sin embargo, el magistrado también rechazó ese argumento. “Lo alegado por la demandante respecto de su contraparte se aprecia ampliamente desarrollado a lo largo del cuerpo de la misma, precisando con claridad los hechos denunciados, como la solicitud de resarcimiento de los perjuicios ocasionados, por lo que no ser dable aclarar hechos a los cuales alude la demandante, por estar latamente narrados y desarrollados”, se lee.

Ante la resolución el abogado Miguel Schurmann, quien representa al otrora secretario de Estado, sostuvo que “estamos conformes con la resolución del señor ministro que rechaza la supuesta falta de claridad, vaguedad o imprecisión de nuestra demanda por difamación, dado que estima que la demanda precisa con claridad los hechos denunciados”.

Agregó que ”rechazada esta dilatoria intentada para ganar tiempo, ahora llegó el momento de que el senador Espinoza conteste la demanda. Que nos explique cómo supuestamente no habría imputado delitos con sus dichos, tal como ha señalado reiteradamente en medios de comunicación, ante la incredulidad de sus entrevistadores”.

En no más de cuatro páginas, la Corte le dio el primer punto a Jackson, aunque no el definitivo. Ahora ante el tribunal de alzada deberá discutirse el fondo de la acusación, y establecerse ahí si Espinoza merece o no ser condenado, a menos que las partes lleguen a un acuerdo.

Sin embargo, dada la larga data de esta tensa relación entre el exministro y el senador, el llegar a un consenso se ve cada vez más difícil. Todo, pareciera, se resolverá en tribunales. (La Tercera)