Acompañamiento y ley de aborto- Virginia Latorre

Acompañamiento y ley de aborto- Virginia Latorre

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En la discusión durante la tramitación de la ley de aborto, se utilizó el programa de acompañamiento como recurso de negociación para su aprobación. Como resultado se creó una gran confusión respecto de su significado y de su relevancia para la intervención biopsicosocial.  De esta manera y para evitar que se siga desvirtuando se hace necesario identificar algunos elementos de la noción de éste para rescatar su sentido y los beneficios que puede tener en el contexto de la problemática del embarazo vulnerable.

Un programa de acompañamiento biopsicosocial tiene como objetivo contribuir en el proceso de restitución de derecho y reparación del daño causado en personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad o que han sufrido vulneración de uno o más de sus derechos. En este proceso participa un acompañante profesional y un acompañado que confía en que el primero velará por su bienestar, respetando su autonomía y fortaleciéndola para el ejercicio de ésta en las mejores condiciones. Los principios de la justicia, la solidaridad, la beneficiencia y la no maleficencia se conjugan con el de la libertad para ir guiando la toma de decisiones que permitan el despliegue de los recursos internos y externos de la persona para hacer frente a las situaciones complejas que la aquejan e ir adquiriendo independencia y seguridad para la resolución de los conflictos.

Como se puede observar, el acompañamiento no es, como se ha planteado en el proyecto de aborto en tres causales, una intervención neutra e informativa respecto de distintas alternativas, donde prime sólo la libertad de elegir por sobre otros bienes y en el que no se consideren los daños hacia la propia persona y hacia otros que pudieran derivarse de esa elección. Un buen programa de acompañamiento no lo es sólo por dar alternativas, si no que importan la calidad de éstas y, al menos, debieran garantizar la no maleficencia (no hacer daño). El aborto, aunque sea legal, no cumple con ese requisito no sólo para el no nacido, sino tampoco para la mujer.

“Consideramos que el aborto es un mal social”, “nadie está a favor del aborto, es algo terrible, es algo doloroso, realmente dramático…” son algunas de las afirmaciones que hemos escuchado durante más de dos años por parte de parlamentarios favorables a la ley, inclusive uno de los médicos que apoyó fuertemente la iniciativa, afirmó que “nadie quiere ver un aborto…” refiriéndose a los más tardíos. Más elocuente aún fue la Presidenta de la República que en el discurso de la presentación del proyecto de ley afirmó que”cada aborto en el país es una señal de que como sociedad hemos llegado tarde, porque la prevención no tuvo los resultados deseados”. Considerando todos estos mensajes, podríamos pensar que el interés por incorporar “un programa de  acompañamiento” en el proyecto para las tres causales, tenía como uno de sus propósitos prevenir el aborto. Sin embargo, en la última etapa de la tramitación de la ley, el Ejecutivo dio a conocer que el carácter del programa no era disuasivo, por lo que difícilmente a través de éste se podría prevenir algo “tan malo”.  Cabe aclarar que la disuasión no es coerción como se ha pretendido dar a entender, sino un método que se utiliza con el fin de disminuir riesgos.  En este contexto, para disminuir los riesgos a los que se expone la mujer con el aborto y el que está por nacer, atendiendo a la protección que nos encarga la Constitución. Si no se pretendió nunca prevenir ¿Cuál sería, entonces, el sentido de “llegar a tiempo”?

Todo nos hace pensar que la intención de llegar a tiempo para evitar un mal como han afirmado los partidarios del proyecto en cuestión no fue genuina. La prevención del aborto nunca fue una opción, develando el escaso o nulo interés por la protección de la vida del que está por nacer, anteponiendo siempre la autonomía de la mujer como si esta fuera absoluta y no hubiera otros bienes o voluntades que considerar. El reciente y controvertido fallo del Tribunal Constitucional sólo viene a confirmar esta decisión política tomada hace más de tres años.

Ahora bien, sabemos que el problema ético antecede a la ley, por lo que independiente del fallo y de la ley que está por promulgarse, sigue siendo necesario preguntarse qué se va a entender como disuasivo en el reglamento ¿Dejar de informar sobre las posibles secuelas físicas y psicológicas del aborto? ¿Dejar de hacer ecografías para evitar que la mujer se vincule con el niño en gestación?  Y si dejamos de hacer esto y aquello para ser “respetuosos” de la decisión de la mujer, cabe hacerse  una última pregunta ¿Es justo para ella realizarse un aborto sin tener toda la información y antecedentes necesarios, asumiendo sola la responsabilidad?

Por lo expuesto y por las preguntas que han quedado sin responder, lo más adecuado sería que en el reglamento de la ley se utilice el concepto de asesoría si van a insistir en la neutralidad en el momento en que la mujer embarazada víctima de una violación o que sufre por un diagnóstico de enfermedad letal de su hijo consulte por el aborto, y dejen que la sociedad civil siga diseñando y ejecutando los programas de acompañamiento para la mujer con embarazo vulnerable cualquiera sea la causa. (La Tercera)

Virginia Latorre

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