La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó y despachó el proyecto de ley que sanciona con penas de cárcel efectiva la colusión.
El proyecto contempla penas de entre 5 y 10 años de cárcel, y multas consistentes en el doble del beneficio obtenido fraudulentamente o el 30% de las ventas en el período de colusión de la empresa implicada. Además, quienes sean condenados, no podrán acceder a beneficios sino hasta cumplido un año en la cárcel.
Además, si la colusión se da en productos de primera necesidad, estonces las penas partirán en 7 años.
El texto será revisado ahora por la Comisión de Hacienda de la Cámara, para luego ser analizado en la Sala.
En la Comisión se limitaron los beneficios a la autodenuncia: solo la primera empresa en autodenunciarse podrá eximirse de la sanción penal y el total de la multa. Para la segunda se mantiene la responsabilidad penal, teniendo además que pagar al menos la mitad de la multa.