Criminalización del negacionismo

Criminalización del negacionismo

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Pertenecemos a una tradición jurídica e intelectual que entiende que el ejercicio de los derechos políticos y de la libertad de expresión no puede estar subordinado ni condicionado a que las personas adhieran a lo que la comunidad considere, en su momento, como visiones «justas» o «verdaderas». Nunca hemos compartido, por ejemplo, la visión de aquellos conservadores de derecha que, históricamente, le han negado el derecho a participar y a opinar a quienes promueven puntos de vista «perversos», «peligrosos» o «subversivos». Esa es la razón por la que nos sentimos identificados con aquellos que en 1948 se opusieron a la Ley de Defensa de la Democracia («ley maldita»). Es la misma razón por la cual siempre nos opusimos al artículo 8° de la Constitución original de Pinochet, que proscribía a los partidos marxistas. No es que pensáramos que los comunistas estaban en lo correcto cuando defendían los horrores de Stalin o cuando aplaudían la represión de los sindicatos en Polonia. El punto es que nos parecía injusto, entonces, usar la mordaza para sancionar a quienes piensan distinto a nosotros. Y lo seguimos creyendo.

Ahora bien, ese compromiso con el pluralismo y la libertad no significa, en modo alguno, que aceptemos la incitación a la violencia o la apología de delitos. En materia de crímenes de lesa humanidad, estamos lejos de propugnar algún tipo de neutralidad del Estado. Son muchas las acciones que el Estado puede hacer, legítimamente, para promover el respeto por los derechos humanos. Estamos de acuerdo con una ley que efectivamente castigue la incitación al odio contra un grupo en base a consideraciones raciales, de nacionalidad o ideológicas. Apoyamos también todo lo que se haga en el terreno de la educación y los espacios públicos para promover una cultura con conciencia de lo que pasó en Chile (por eso defendemos el Museo de la Memoria y creemos que no debe haber calles ni monumentos que rindan homenaje a la dictadura).

Dicho lo anterior, quisiéramos expresar nuestro desacuerdo con el texto del proyecto de ley sobre criminalización del negacionismo, que acaba de aprobar la comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados. Dicha iniciativa castigaría con pena de cárcel de hasta tres años (cinco en el caso de funcionarios públicos) a todo aquel que, «a través de cualquier medio justificare, aprobare o negare las violaciones a los derechos humanos cometidas en Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990, consignadas en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, en el Informe de la Comisión de Prisión Política y Tortura y en el Informe de la Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura».

Consideramos execrable («que merece ser criticado o condenado de manera severa», según el diccionario) que haya quienes justifiquen, aprueben o nieguen las violaciones a los derechos humanos cometidas bajo la dictadura. Nos parece injusto, peligroso y contraproducente, sin embargo, usar la amenaza de la pena de cárcel para intentar acallar a aquellos que puedan seguir pensando, por ejemplo, que los crímenes ocurridos fueron resultado de excesos individuales o que serían inevitables dado un cierto contexto. Es muchísima la evidencia que demuestra que las violaciones a los derechos humanos fueron producto de una política deliberada y sistemática por parte del Estado. Hay razones muy poderosas para sostener que las atrocidades cometidas por la dictadura no se justifican ni aun cuando uno aceptara la hipótesis de la guerra interna. La causa de los derechos humanos no necesita, sin embargo, de la censura. Ella debe llevarse adelante, y con fuerza, en el terreno de la política, de la cultura y la educación. La sanción penal no aportaría nada; salvo, probablemente, victimizar a quienes siguen justificando lo injustificable.

Criminalizar el negacionismo es un atentado contra el derecho de emitir opinión, entendido como un aspecto de la libertad de expresión; es empobrecer y limitar (y no promover e incentivar) el debate público sobre una materia particularmente sensible, limitando y no fortaleciendo la libre expresión de las opiniones y las ideas (incluidas aquellas que resulten execrables); es transformar a los «victimarios» en víctimas (por el delito de emitir una opinión o un juicio); es negar el carácter del derecho penal como ultima ratio (recurso de última instancia); es consignar legalmente el doble estándar en materia de derechos humanos (¿por qué la impunidad para el negacionismo en materia de violaciones a los derechos humanos en Cuba y su criminalización en Chile?); en definitiva, es una mala solución legal. (El Mercurio)

Ignacio Walker
Patricio Zapata

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