El Tribunal Constitucional acogió el recurso del Ejecutivo contra el proyecto de reforma constitucional presentado por diputados que, a través de un artículo transitorio de la Constitución, autorizaba un segundo retiro de fondos desde las AFP. Este resquicio había sido ya utilizado en el primer retiro de fondos (no lo llamo retiro del 10% porque en esa oportunidad fue en promedio de 40%), ocasión en que el gobierno, de manera incomprensible, renunció a sus fueros y no objetó el que su iniciativa exclusiva en materia de seguridad social, establecida por la misma Constitución, fuera violada por la mayoría del Congreso.
Con este requerimiento, en que además del Presidente Piñera tuvo un rol destacado el ministro de Hacienda Ignacio Briones, el gobierno pretende poner término al “parlamentarismo de facto” que se ha instalado en nuestro país desde que algunos políticos opositores, notoriamente la presidenta del Senado Adriana Muñoz y el presidente de la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados Matías Walker, abandonando el carácter de Estado de las posiciones que ocupan, han decidido poner por sobre la Constitución las conveniencias políticas de su sector. Recurrir al Tribunal Constitucional ha sido así una opción de última ratio del gobierno para evitar que el país caiga en el desgobierno. En efecto, una mayoría parlamentaria, aprobando inorgánicamente proyectos de ley que irrogan gasto público comprometiendo las finanzas públicas por varias generaciones o afectan gravemente el mercado de capitales y la estabilidad financiera del país, violando las normas sobre iniciativa exclusiva presidencial, exigían una respuesta institucional.
La oposición ha puesto énfasis en que la votación del tribunal fue 5 a 5, siendo el voto dirimente de su presidenta, María Luisa Brahm, el que inclinó la balanza. Aluden al hecho que en el gobierno anterior de Sebastián Piñera la abogada Brahm era parte de la asesoría presidencial para descalificar su voto. Pero, como lo ha hecho ver El Líbero, en ocasiones anteriores el abogado Carlos Carmona hizo uso 28 veces del voto dirimente en fallos del Tribunal Constitucional que él presidía. Carlos Carmona trabajó como abogado asesor de la Presidencia en los gobiernos de Aylwin, Frei y Lagos. Su uso del voto dirimente supera al de todos los demás presidentes del TC sumados y jamás a algún parlamentario se le ocurrió siquiera que ello podría invalidar o menoscabar un fallo del tribunal, dado que el voto dirimente es justamente una facultad establecida por la institucionalidad. Peor aún es configurar un adefesio jurídico como el que ha insinuado el diputado Matías Walker quien ha dicho: “Seguiremos legislando con las facultades que ratificó la mitad del TC”, lo que representa un verdadero desacato del parlamentario a un fallo de los tribunales de justicia. Nunca se ha visto que “la mitad de un tribunal” ratifique alguna facultad y el solo hecho de decirlo revela una mentalidad completamente alejada de la juridicidad y de los fundamentos de la democracia. Ha hecho bien la presidenta del Tribunal Constitucional al ejercer con propiedad y coraje sus facultades, sin dejarse amedrentar por el matonaje de la izquierda o la ignorancia supina de sus aliados.
Varios parlamentarios, cuyas iniciativas de reforma constitucional al margen de la institucionalidad se verán afectadas por este fallo, han declarado que persistirán en sus afanes. El gobierno debiera estudiar las acciones que correspondan para enfrentar a autoridades que incurren en desacato a los tribunales y se arrogan facultades que la ley no les entrega. (El Líbero)
Luis Larraín