Isapres: baja expectativa de solución-Pilar Molina

Isapres: baja expectativa de solución-Pilar Molina

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La intervención de la vocera de la Corte Suprema el domingo pasado, ¿abrió una puerta de salida para el intríngulis que creó el fallo sobre las isapres que las obliga a devolver mil 400 millones de dólares a sus afiliados?

Eso podría ocurrir si el Gobierno tuviera la mínima intención de legislar de una vez por todas para hacer legal los reajustes de precio de la tabla de factores y del plan base y superar los problemas que presenta el sistema que tanto el Tribunal Constitucional como la Corte Suprema han desfigurado desde un seguro de salud a un mamarracho legal. Pero darle coherencia al sistema privado de salud está lejos del interés de La Moneda.  

Por el contrario, se veían muy ansiosos, de capitán a paje repitiendo “los fallos judiciales se cumplen” o “nadie entendería un perdonazo a las isapres”, como dijo el Presidente en la cuenta del 1 de junio, a pesar de que saben perfectamente bien que esa tal deuda no existe porque esa utilidad nunca se generó por aplicar sólo a los nuevos contratos, y no a todos sus afiliados, la tabla de factores que definió la Superintendencia en 2019.

De hecho, las isapres están agónicas después de la pandemia, con pérdidas por 270 mil millones los dos últimos años, y la supuesta deuda representa varias veces el patrimonio de todas ellas y el total de las utilidades de los últimos nueve años.

Las autoridades, además, que ahora están en contra de los retiros previsionales, sembraron en los usuarios el sueño que podían obtener compensaciones millonarias, a pesar de que no verán nunca un peso. No sólo son impagables los mil 400 millones de dólares, sino que es irremontable el déficit que les genera la nueva tabla de factores, con gratuidad de los menores de 2 años, que estableció la Tercera Sala de la Corte Suprema. Tendrán menores ingresos del 6% y las utilidades promedio entre 2012 y 2019 son del 1,4% de los ingresos.

El Gobierno lo sabe y por eso ha desarrollado una estrategia paralela para captar afiliados de las isapres con un plan Premium del Fonasa (curiosa diferenciación, viniendo de los igualitaristas) y así avanzar al soñado sistema único de salud del socialismo.  

De manera que la idea de legislar y resolver no vendrá de La Moneda, aunque continuará pidiendo extender plazos y simulando preocupación.  Y se ve difícil que el Congreso pueda superar la mala disposición de la izquierda para resolver el problema de fondo. Tampoco lo hará el pleno de la Corte Suprema, que “no tiene competencia para pronunciarse sobre este fallo”, del cual de desligó su presidente.

Repuso la responsabilidad en la Tercera Sala. Y allí sólo soplan vientos arremolinados desde hace rato, aunque recién ahora, ante la perspectiva de un colapso sanitario, se levantó una fuerte crítica política al último veredicto sobre las isapres. El domingo pasado, la vocera Ángela Vivanco contradijo lo que ella misma había aseverado y sostuvo que hay que devolver los supuestos “excedentes” sólo a las personas que demandaron. Pareció echar pie atrás frente a las tardías críticas de juristas y políticos a su sala por activismo judicial y pretender darle aplicación universal a una sentencia que solo tiene efecto para los demandantes, según el Código Civil. La Constitución reserva únicamente a la ley darle carácter general a una norma.

En línea con su ADN, el viernes la sala rechazó los recursos de aclaración del Gobierno y las isapres porque “no hay nada que aclarar”, lo cual obliga a remitirse a lo que planteó la propia Vivanco (que, curiosamente, instó a presentar los recursos de aclaración que su sala rechazó). Es decir, que el reembolso se circunscribe a todos los afiliados de las isapres por la que reclamaron y que, en una primera vista, serían Colmena, Vida 3 y Banmédica.

Pero eso en nada circunscribe el número de beneficiarios de potenciales devoluciones, porque como la misma vocera dijo el domingo pasado, “el resto de los afiliados, a partir de este fallo, puede exigir que se le ajusten sus planes hacia delante”, lo que presagia demandas masivas hasta completar el universo total de más de tres millones de afiliados.

Poca rectificación se podía esperar de la Tercera Sala en los recursos de aclaración porque sentencia por unanimidad de sus miembros y no se ha inclinado a terminar con la incertidumbre jurídica con que operan las isapres.

En agosto pasado, sin ir más lejos, la polémica instancia aplicó el mismo criterio general cuando falló recursos de protección en contra del reajuste del Plan Base. Y las obligó a devolver las diferencias de precio, no sólo a los demandantes, sino que, aclaró la misma Vivanco, el fallo «abarca a todos los afiliados a las isapres, porque el alza es un alza general».

La vocera justificó el alcance general con que uno de los objetivos de esa sentencia era poner fin a la judicialización de las alzas, pero de paso, la Corte paralizó el proceso legal para adecuar los precios del plan. A pesar que el procedimiento se había fijado por ley en 2021, la Corte consideró arbitraria e ilegal el alza, porque si bien la Superintendencia había fijado el monto máximo de reajuste, como lo establecía la norma, criticó la forma en que lo hizo y que las isapres no hubieran justificado el reajuste ante el regulador (lo cual no era exigible).

Pero parece que este veredicto se olvidó rápido, como también que hace rato que los fallos de la Tercera Sala son controvertidos por judicializar la política. Liderados por el ministro Sergio Muñoz, él ha defendido la amplia capacidad interpretativa de la ley a que “el derecho es un arte, no es una ciencia”.

Esa inventiva se ha observado en materia medioambiental, de libre competencia y hasta para revisar, por la vía de los recursos de protección, pronunciamientos del Tribunal Constitucional.

En enero del 2022 innovó en materia de usurpaciones, dictaminando que las víctimas de una toma organizada de 15 hás debían defender su derecho a propiedad “coordinándose” con una serie de organismos estatales para darle una solución a los tomadores y así recuperar su tierra. Meses después, acogiendo otro recurso de protección lo matizó, dando un plazo para el desalojo a las autoridades y ordenándole a ellas buscar una solución para los usurpadores.

Es la misma Sala que desde 2017 materializa el derecho social a la salud, obligando a financiar prestaciones a las isapres y al Fonasa que no están incluidas en el GES o la Ley Ricarte Soto y que son normalmente de extraordinario costo. Ha fallado 71 recursos de protección con el objetivo de alargar la vida a los requirentes, no necesariamente salvarlos, han dicho. Pero no le han dado un alcance general a sus veredictos, aunque sí intervienen en materias propias de las políticas públicas.

En un país donde todo se ha relativizado, la ley, el orden público y el derecho de propiedad, entre otros, la pregunta es si hay todavía alguna capacidad de enrielar el incumplimiento del derecho. (El Líbero)

Pilar Molina