Las constituciones nacen para proteger los derechos de los ciudadanos frente al soberano. Cuando los nobles de Inglaterra dan origen a la Carta Magna en el siglo XIII, reclaman al rey Juan para que respete ciertos derechos. Se reconoce así a la Carta Magna como un documento precursor del Constitucionalismo. En las sociedades democráticas modernas, una de sus funciones esenciales es proteger los derechos de las minorías frente al poder de las mayorías y su modelo es la Constitución de los Estados Unidos.
El gobierno de Michelle Bachelet se propone, a través de lo que ha llamado un proceso constituyente, poner en marcha un mecanismo para proveer a nuestro país de una Nueva Constitución.
El resultado previsible de ese proceso, me temo, está en las antípodas del espíritu que originó la Carta Magna e inspiró a los “Padres Fundadores” de los Estados Unidos.
Como se ven las cosas, lo más probable es que la nueva Constitución termine siendo un mecanismo de exacción, mediante el cual las mayorías despojen a las minorías. Vale decir, una subversión completa de lo que es la esencia de una Constitución.
¿Por qué decimos esto?
Lo que hará este proceso es “constitucionalizar” la política chilena en los dos próximos años. No habrá un proyecto de nueva Constitución durante el próximo año, sino que, de acuerdo a lo informado por la Presidenta, un ejercicio de “educación cívica” que empieza este año y terminaría en marzo del 2016, para lo cual la Ley de Presupuesto considera la contratación de más de 300 activistas. Luego, durante el 2016, se produciría un proceso de “participación ciudadana”. Recién al final del próximo año se enviaría al Congreso un proyecto de ley, no con una propuesta de nueva Constitución, sino con un nuevo mecanismo para modificar la Constitución.
Nadie es tan ingenuo para creer que este proceso será totalmente neutral. Este año de deliberación será apoyado por material producido por el gobierno y funcionarios controlados por éste. Los antecedentes de la reforma tributaria, donde un video de la Segegob denostaba a los “poderosos”, o de la reforma educacional, en que el impreso propagandístico “Sofía aprende con todos” ridiculizaba a los padres y apoderados de colegios particulares, son modelos a tomar en cuenta para este proceso.
Ese mecanismo propone que sea el próximo Congreso el que defina la fórmula para dictar una nueva Constitución, para lo cual le sugiere cuatro alternativas (una de ellas es la Asamblea Constituyente) y propone que una de estas opciones se apruebe por un quórum de 3/5 de los parlamentarios en ejercicio. La aprobación de todo este mecanismo por el actual Congreso, no obstante, respetaría los 2/3 de los senadores y diputados en ejercicio que prescribe la actual Constitución.
Del contenido de eventuales reformas se ha hablado poco (lo que no deja de resultar extraño, ya que habría acuerdo de cambiar lo que tenemos pero no sabemos con qué lo reemplazaríamos). Pero hay algunos indicios en el programa de Bachelet y en las declaraciones de las propias autoridades.
Los derechos sociales parecen ser la punta de lanza de estos nuevos contenidos y junto a ellos una relativización del derecho de propiedad.
En relación a este último, la Presidenta Bachelet ha dicho: “Creo que el derecho de propiedad existe, está ahí, la diferencia es si tiene un rol más relevante que otros derechos de las personas, o si también otros derechos de las personas son importantes. Y ese será, sin dudas, uno de los temas a discutir más profundos, por los partidos y las instancias”.
Bueno, no es, digamos, una defensa muy fuerte y entusiasta del derecho de propiedad. “Está ahí”, dice la Presidenta. Y así algunos se atreven a decir que este proceso de discusión constitucional no afectará la inversión.
El ministro Nicolás Eyzaguirre no lo hace mucho mejor. Consultado sobre si el derecho de propiedad es uno de los aspectos modificables de la Constitución, dice: “No y sí. No en el sentido que si usted no tiene derecho a apropiarse de los frutos de su trabajo, de su inversión, no hay desarrollo económico posible. Ahora como todas las cosas en la vida, el derecho de propiedad limita con los derechos de otros. Muchas veces ciertos derechos sociales se ven objetados, por ejemplo, por el derecho a propiedad.”
¿Significa esto que si se establece un derecho social a la vivienda, el derecho de propiedad del dueño de ésta estará cuestionado por el derecho a la vivienda de un arrendatario? Sería interesante para un inversionista inmobiliario conocer la respuesta.
El resultado previsible de este “proceso constituyente” será la proliferación de derechos sociales, financiados por otros. Así las cosas, la presión política de la izquierda estará sobre los parlamentarios de centroderecha para que concurran con sus votos a dar el quórum de dos tercios que se necesita para cambiar la Constitución. ¿Habrá liderazgos en la centroderecha para rechazar esta trampa constitucional que nos ha puesto Bachelet?