Las 40 horas, la Constitución y el debate

Las 40 horas, la Constitución y el debate

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El Presidente afirma que, en defensa de la Constitución, es su deber impugnar el proyecto de las 40 horas en el Tribunal Constitucional. ¿Es claramente inconstitucional ese proyecto?

Quienes postulan su inconstitucionalidad sostienen que lo ilícito es reducir las horas máximas de trabajo semanal sin contar con iniciativa del Presidente. El numeral 4° del artículo 65 Constitucional, en lo pertinente, dispone la iniciativa presidencial exclusiva para “fijar las remuneraciones mínimas de los trabajadores del sector privado, aumentar obligatoriamente sus remuneraciones y demás beneficios económicos o alterar las bases que sirvan para determinarlos”. Como el proyecto no aumenta las remuneraciones, ni el descanso es un beneficio económico, solo queda discernir si las horas de trabajo son “un mecanismo que sirva para determinar la remuneración obligatoria”, o sea, el salario mínimo.

El IPC, el PIB y la proyección de crecimiento del Banco Central son, conforme a la ley vigente, las bases de cálculo del ingreso mínimo. La ley dispone también que este se corresponde a una jornada ordinaria de trabajo, sin especificarla. Variando la jornada, el trabajador descansará más y su sueldo se mantendrá. El régimen de vacaciones o los feriados producen igual efecto y, hasta donde conozco, no se ha entendido sean de iniciativa del Presidente.

Algunos de mis colegas constitucionalistas sostendrán que el asunto no es tan simple, que para resolverlo hay que adentrarse en el espíritu de la Constitución. A mí me parece que la Constitución no es un artefacto esotérico para evocar espíritus, y que lo democrático es leer los textos legales como los entiende cualquier persona razonable. Si a Ud., como a mí, no le parece que el proyecto sea contrario al texto de la Constitución, al menos no claramente, ¿por qué es que el Presidente manifiesta que es su deber denunciarlo como inconstitucional? ¿No será porque tiene la convicción de que si se aprueba producirá efectos nocivos para la economía y el bienestar? Si el celo es por la economía y el bienestar y no por la Constitución, no pidamos a los jueces que resuelvan sobre esas razones, pues terminaremos dañando al Tribunal, a la Constitución y a la democracia.

Sigamos debatiendo y parta alguien por decirnos cómo impactará una medida así en el comercio, la agricultura, la construcción y demás sectores productivos; que las y los parlamentarios, antes de votar, pongan sobre la mesa el número de trabajadores que hoy laboran más de 40 horas en cada sector; que alguien presente un estudio acerca del aumento de los costos en remuneraciones o en competitividad de una empresa exportadora tipo, de una PYME, de una mediana y de una grande; que tengamos algunos datos para poder hacer una apuesta razonable acerca de si se crearán o se perderán empleos y en qué magnitud y cuanto más pobres seremos. Después decidiremos informadamente si vale o no la pena pagar esos costos por descansar cinco horas más a la semana.

Las impulsoras del proyecto confesaron haber hecho su propuesta sin ninguno de estos estudios. En el debate, sus opositores tampoco los exhibieron y prefirieron, en cambio, algunas frases tan tremendistas e infundadas que, más que para informarnos, han servido para la mofa.

Una persona razonable que goza de la libertad de decidir acerca de sus propias horas de ocio y de trabajo, hace un cálculo de costos y beneficios. ¿Cómo entonces puede el Congreso tomar esa decisión por millones de personas sin hacer ese cálculo; sin informarse ni informarnos? ¿Es que para decidir por otros, la ecuación entre trabajo y descanso podemos hacerla más livianamente que cuando la hacemos para nosotros mismos? ¿No será esa frívola irresponsabilidad uno de los factores que tienen a mal traer el prestigio del Congreso?

La democracia no es tecnocracia; el Congreso y no un tribunal es el lugar natural para resolver una cuestión así. Sin embargo, si los parlamentarios no se informan y no informan a la opinión pública acerca de los efectos de las leyes que votan a favor o en contra; si sustituyen su mejor cálculo de costos y beneficios por un par de consignas, entonces la deliberación parlamentaria se empobrece, al punto que otros órganos, entre ellos los jueces, se sienten empoderados para tomar las decisiones colectivas. La judicialización de la política es siempre el fruto de una política débil y desprestigiada.

 

Jorge Correa/El Mercurio

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