Querella en indagación contra Rojas Vade apunta a «vulneración a la fe...

Querella en indagación contra Rojas Vade apunta a «vulneración a la fe pública»

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«Venimos a interponer querella en contra del señor Rodrigo Rojas», dice la acción judicial presentada ayer por el diputado Tomás Fuentes (RN) y la abogada Susana Salime Hiplan, en la causa en que la Fiscalía Metropolitana Centro Norte indaga el delito de perjurio respecto del constituyente que representaba a la Lista del Pueblo.

El libelo fue ingresado en el 7° Juzgado de Garantía de Santiago donde el juez Daniel Urrutia pidió mayores formalidades antes de validar la presentación: «Previo a proveer, venga en forma el patrocinio y poder, dentro de tercero día, bajo apercibimiento legal».

La querella detalla que «en el contexto del proceso constituyente, iniciado con el denominado ‘plebiscito de entrada’ se habilitó el proceso de elección de candidatos a la Convención Constituyente, órgano transitorio creado por reforma constitucional con el fin específico de redactar una propuesta de nuevo texto constitucional».

Y que «con fecha de 11 de enero venció el plazo para declaración de candidaturas al cargo de convencionales constituyentes, los miembros que integrarían dicho órgano, verificándose que en tal ocasión fue declarado e inscrito el señor Rodrigo Rojas Vade en lista de candidatos independientes denominada ‘La Lista del Pueblo’».

Contexto en el que «el señor Rodrigo Rojas arguyó padecer la enfermedad de leucemia linfocítica, con la que enarboló su discurso político-electoral». Posteriormente se reveló que «su enfermedad era falsa» y que «el acusado reconoció que mintió al respecto y que no padecía esa enfermedad, sino que otra, asumiendo además que mintió a su pareja, a su familia, círculos sociales y al electorado al respecto».

En el documento se señala que «esta querella se funda en el hecho de que en su Declaración Jurada de Intereses y Patrimonio emitida con fecha de 2 de agosto ya en pleno ejercicio de su alta función pública, trámite que por Transparencia y Probidad Pública es fundamental para la correcta asunción en el cargo que desempeña, cometió perjurio en tanto que reconoció una deuda de $27.000.000 con el Banco Scotiabank por concepto de tratamientos de quimioterapia contra el cáncer, lo que a la luz de los hechos relatados en su confesión, no puede sino ser una deuda falsa, que fue declarada fraudulentamente con el fin de esconder su mentira frente al electorado y a la fe pública«.

Y explica que «la declaración será pública, sin perjuicio de los datos sensibles y datos personales que sirvan para la individualización del declarante y su domicilio, y revestirá, para todos los efectos legales, la calidad de declaración jurada».

«TODOS LOS CIUDADANOS SON VÍCTIMAS»

En el libelo se expone que «este bien jurídico es protegido en lo penal bajo el concepto de los delitos cometidos contra la fe pública, y al respecto, en el Título IV del Libro II del Código Penal se contempla el delito de perjurio contenido en dos artículos: el 210, que versa en que ‘el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales’».

«La vulneración a la fe pública en este caso es particularmente grave, tanto por la alta connotación que tiene en la opinión, y tanto por los efectos incalculables que produjo en los resultados electorales por medio del engaño y el fraude«, se subraya.

También, que «todos los ciudadanos son víctimas de un delito contra la fe o la probidad pública, entonces la ley establece un amplio marco para que cualquier ciudadano pueda querellarse contra el funcionario público que cometa un delito contra esta y la historia de la ley así lo deja en claro«.

INFORMACIÓN BANCARIA DEL INDAGADO

La querella solicita una serie de diligencias que incluyen el requerimiento de información al banco del indagado, hasta su historial médico. Pide que «se oficie al banco Scotiabank para que informe sobre posibles productos bancarios, tales como cuentas a la vista, de ahorro o corrientes, créditos, acreencias o cualquier otro instrumento, que tenga el señor Rodrigo Rojas en su banco, y de los movimientos de estos eventuales productos en los últimos 48 meses».

Además que «se oficie a la Comisión para el Mercado Financiero para que informe sobre productos financieros en cualquiera de las entidades sometidas a su fiscalización».

También «se oficie a la Superintendencia de Salud para que informe en qué sistema de previsión de salud se encuentra el querellado y, en caso de ser en el sistema privado, indique igualmente en cuál institución de salud previsional cotiza, y todas las variaciones al respecto en los últimos 48 meses».(Emol)

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