El una resolución de 159 páginas, el 28° Juzgado Civil de Santiago estableció que la constructora española Azvi no tuvo responsabilidad en la falla que inutilizó el brazo sur del puente Cau Cau, en Valdivia, en febrero de 2015, y que el error estuvo en el diseño -responsabilidad del fisco- y no en la ejecución,
Cabe recordar que el fisco había puesto término anticipado al contrato, razón por la que Azvi interpuso esta demanda en 2015.
Al respecto, el tribunal expresó que llegó a “la convicción de que en el caso no concurren los presupuestos fácticos exigidos por el artículo 151 letra g) del Reglamento para Contratos de Obras Públicas para poner término anticipado al contrato, por cuanto con el mérito de los antecedentes señalados es posible concluir que no existió error en la ejecución de los trabajos de la obra atribuible a Azvi, ya que la falla del vástago de uno de los cilindros del sistema mecánico, ocurrida el 24 de febrero de 2015, tiene como causa basal la deficiente concepción y diseño del sistema de levante del puente, materia que es de responsabilidad exclusiva del demandado”.
Para el juez Jorge Mena Soto, las conclusiones de un informe elaborado por Sergio Alejandro Carmona Malatesta, Constructor Civil y Doctor Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y Académico de la Universidad Federico Santa María sirvieron como “determinante para sustentar la convicción” del Tribunal.
Por esta razón, Mena determinó que “el fisco de Chile ha incumplido el contrato de obra pública”, por lo que debe pagar una indemización que suma un total de $916,690,842.
Esto es: $889.277.954 por el pago del precio de las obras ejecutadas, y $27.412.888 por el aumento de obras contratadas.
La Tercera